Renovación de una autorización
Las autorizaciones para aprovechamiento productivo del agua podrán renovarse a su vencimiento, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos establecidos en el Reglamento, las obligaciones que establecen esta Ley y las condiciones previstas en la respectiva autorización.
Modificación de una autorización
Cuando un usuario requiera aumentar o disminuir el caudal autorizado para el mismo uso y aprovechamiento, procede la modificación de la autorización, siempre y cuando haya la disponibilidad del agua y no se altere la prelación establecida en la Constitución.
Suspensión de la autorización:
Reversión de la autorización:
Todas las personas naturales o jurídicas ecuatorianas o extranjeras tienen el derecho de la obtención de una renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y otros actos administrativos a fines de la autorización de uso y/o aprovechamiento de agua superficial o subterráneas, siempre y cuando se cumpla con las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, dispuestas para el efecto.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución administrativa de renovación de autorización de uso o aprovechamiento del agua
Resolución administrativa de modificación de autorización de uso o aprovechamiento del agua
Resolución administrativa de reversión de autorización de uso o aprovechamiento del agua
Resolución administrativa de suspensión de autorización de uso o aprovechamiento del agua
Resolución administrativa de cancelación de autorización de uso o aprovechamiento del agua
Requisitos obligatorios:
1.- Solicitud de renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y cancelación de la autorización de uso y/o aprovechamiento de agua superficial.
2.- Cédula, RUC o documento que acredite la calidad en la que comparece presentación original de cédula de ciudadanía o identidad. (Se validará a través del sistema, no necesario la presentación en físico ni copia ni original)
3.- Documento legal que garantice la tenencia de la tierra: Escritura Pública del Inmueble (Primera Copia) o Documento legal que justifique la tenencia de la Tierra (Escritura de Compra Venta, Promesa de Venta, Declaración Juramentada, Certificado de Residencia emitido por la Tenencia Política o Certificado de la Subsecretaria de Tierras).
El proceso que deben seguir las personas naturales o personas jurídicas es:
Procedimiento Presencial:
1.- Presentar la solicitud de renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y cancelación de la autorización de uso y/o aprovechamiento de agua superficial para persona natural y cédula de identidad o ciudadanía dirigida al Responsable de la Oficina Técnica adjuntando documento que acredite la titularidad de la propiedad, en las instalaciones de la Oficina Técnica más cercana a su lugar de residencia.
2.- Retirar informe técnico.
3.- Emitir aceptación o negación del informe técnico.
4.- Recibir la resolución administrativa.
Procedimiento en Línea:
1.- Realizar la solicitud inicial, utilizando el siguiente link: http://suia.ambiente.gob.ec/?page_id=1132 y continuar con los pasos presenciales, a partir del número 2.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
Para el trámite el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00.
Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00.
A continuación, se indican las direcciones de los puntos de atención:
Contacto: Mesa de Ayuda
Email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec
Teléfono: (02) 3987 600, ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006
En el artículo 127 se estipula las condiciones que se deben cumplir para poder realizar una renovación o una modificación a una autorización de uso ya aprovechamiento de agua.
En el artículo 128 se establecen las causales para la reversión o suspensión de una autorización de agua, dentro de las cuales se estipula:
Suspensión de la autorización:
Reversión de la autorización:
En la sección 6.3 del Manual de Procedimientos, se describe los requisitos y el procedimiento para la renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y otros actos administrativos referentes a las autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua.
El artículo 109.- Renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y otros actos administrativos referentes a las autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua.- establece que el procedimiento para atender la renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y otros actos administrativos referentes a las autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua, será el procedimiento simplificado establecido en este Reglamento a excepción de la publicación.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 68 |
2 | 2025-02 | 0 | 77 |
3 | 2025-03 | 0 | 65 |
4 | 2024-01 | 0 | 42 |
5 | 2024-02 | 0 | 64 |
6 | 2024-03 | 0 | 23 |
7 | 2024-04 | 0 | 10 |
8 | 2024-05 | 0 | 41 |
9 | 2024-06 | 0 | 64 |
10 | 2024-07 | 0 | 128 |
11 | 2024-08 | 0 | 86 |
12 | 2024-09 | 0 | 88 |
13 | 2024-10 | 0 | 41 |
14 | 2024-11 | 0 | 64 |
15 | 2024-12 | 0 | 90 |
16 | 2023-01 | 0 | 23 |
17 | 2023-02 | 0 | 20 |
18 | 2023-03 | 0 | 31 |
19 | 2023-04 | 0 | 22 |
20 | 2023-05 | 0 | 27 |
21 | 2023-06 | 0 | 28 |
22 | 2023-07 | 0 | 24 |
23 | 2023-08 | 0 | 30 |
24 | 2023-09 | 0 | 40 |
25 | 2023-10 | 0 | 30 |
26 | 2023-11 | 0 | 60 |
27 | 2023-12 | 0 | 27 |
28 | 2022-01 | 0 | 23 |
29 | 2022-02 | 0 | 19 |
30 | 2022-03 | 0 | 17 |
31 | 2022-04 | 0 | 22 |
32 | 2022-05 | 0 | 49 |
33 | 2022-06 | 0 | 35 |
34 | 2022-07 | 0 | 13 |
35 | 2022-08 | 0 | 0 |
36 | 2022-09 | 0 | 0 |
37 | 2022-10 | 0 | 0 |
38 | 2022-11 | 0 | 34 |
39 | 2022-12 | 0 | 28 |
Fecha de última actualización: 2024/12/27