Trámite orientado a atender la solicitud de aprobación de programa/ plan de gestión integral de desechos peligrosos y/o especiales desarrollado conforme a la normativa ambiental aplicable, aplicando el principio de responsabilidad extendida del productor (importadores, fabricantes, titulares de registro y figuras similares)
Persona jurídica - privada: personas jurídicas privadas que generan desechos peligrosos y/o especiales derivados de sus actividades productivas o de servicio; ó importadores o fabricantes de productos que luego se convierten en desechos peligrosos o especiales conforme determine el Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica.
Persona jurídica - pública: persona jurídica pública que generan desechos peligrosos y/o especiales derivados de sus actividades productivas o de servicio; ó importadores o fabricantes de productos que luego se convierten en desechos peligrosos o especiales conforme determine el Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica.
Persona natural ecuatoriana: persona natural nacional que generan desechos peligrosos y/o especiales derivados de sus actividades productivas o de servicio; ó importadores o fabricantes de productos que luego se convierten en desechos peligrosos o especiales conforme determine el Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica.
Persona natural extranjera: persona natural extranjera que generan desechos peligrosos y/o especiales derivados de sus actividades productivas o de servicio; ó importadores o fabricantes de productos que luego se convierten en desechos peligrosos o especiales conforme determine el Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Autorización administrativa para la aprobación del programa-plan de gestión integral de desechos y-o residuos peligrosos y-o especiales
1.- Contar con el código de Registro de Generador de Desechos Peligrosos y/o Especiales aplicado a Responsabilidad Extendida del Productor Registro de generador de desechos peligrosos y/o especiales aplicado a Responsabilidad Extendida del Productor (REP)
2.- Oficio de solicitud dirigido a la Subsecretaría de Calidad Ambiental/Proyecto de Gestión de Residuos Sólidos y Economía Circular Inclusiva (GRECI) del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica para la aprobación de la actualización del plan/programa de gestión integral de residuos y desechos peligrosos y/o especiales.
3. Documentación correspondiente al programa/plan de gestión integral y los respectivos anexos.
Procedimiento Presencial:
1. Elaborar el programa/plan de gestión integral según los lineamientos establecidos en la política correspondiente
2. Ingresar la solicitud para la aprobación del programa/plan de gestión integral, dirigido al Gerente del Proyecto Gestión de Residuos Sólidos y Economía Circular del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, adjuntado la documentación con su respectivo respaldo físico y digital.
3.Recibir oficio de aprobación por la Subsecretaría de Calidad Ambiental cuando el programa/plan de gestión integral cumpla con todos los requerimientos técnicos establecidos en la Normativa, caso contrario recibirá un oficio con pronunciamiento no favorable por parte de la Dirección de Sustancias Químicas, Residuos, Residuos y Desechos Peligrosos y no Peligrosos para la remisión de la subsanación de observaciones y reingreso del trámite.
Procedimiento en línea:
1.- Acceder a la opción “ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llenar los campos de la solicitud digital.
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Para el trámite presencial el horario de atención es de lunes a viernes de 08h00 a 17h00.
Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00.
A continuación, se indican las direcciones de los puntos de atención:
5 años
Contacto: Mesa de Ayuda
Email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec
Teléfono: (02) 3987 600 ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006
El artículo 104, menciona: "Del programa de gestión para productos en desuso.- Los fabricantes o importadores de productos que al término de su vida útil u otras circunstancias se convierten en desechos peligrosos o especiales, tienen la obligación de presentar ante la Autoridad Ambiental Nacional para su análisis, aprobación y ejecución, programas de gestión de los productos en desuso o desechos que son consecuencia del uso de los productos puestos en el mercado.
El programa de gestión deberá incluir la descripción de la cadena de comercialización, mecanismos y actividades para la recolección, devolución y acopio de los productos en desuso o desechos por parte de los usuarios finales, sistemas de eliminación y/o disposición final, así como actividades para promover la concientización, capacitación y comunicación al respecto de los mecanismos y actividades propuestos. Los comercializadores como parte integral de estos programas están obligados a participar en la ejecución de los mismos.
El programa de gestión puede ser formulado y desarrollado por importadores o fabricantes de manera individual o colectiva, de acuerdo a las características de sus productos o desechos. Los importadores, fabricantes y comercializadores se asegurarán de que los usuarios fi nales tengan el conocimiento y la capacitación necesaria en los mecanismos para la devolución y disposición de los desechos peligrosos y/o especiales, a fin de asegurar la efectividad de la implementación del programa presentado.
Los usuarios finales están en la obligación de devolver los desechos peligrosos y/o especiales conforme a los procedimientos establecidos por su proveedor y aprobados por la Autoridad Ambiental Nacional. La Autoridad Ambiental Nacional establecerá mediante Acuerdo Ministerial el mecanismo para la aplicación de las disposiciones del presente artículo y las metas de recolección-gestión correspondientes".
El artículo 233, menciona: "Aplicación de la Responsabilidad extendida Productor sobre la gestión de residuos y desechos no peligrosos, peligrosos y especiales. Los productores tienen la responsabilidad de la gestión del producto en todo el ciclo de vida del mismo. Esta responsabilidad incluye los impactos inherentes a la selección de los materiales, del proceso de producción y el uso del producto, así como lo relativo al tratamiento o disposición final del mismo cuando se convierte en residuo o desecho luego de su vida útil o por otras circunstancias. La Autoridad Ambiental Nacional, a través de la normativa técnica correspondiente, determinará los productos sujetos a REP, las metas y los lineamientos para la presentación del programa de gestión integral (PGI) de los residuos y desechos originados a partir del uso o consumo de los productos regulados. Estos programas serán aprobados por la Autoridad Ambiental Nacional, quien realizará la regulación y control de la aplicación de la Responsabilidad Extendida del Productor".
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 35 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 1 |
4 | 2024-01 | 0 | 31 |
5 | 2024-02 | 0 | 1 |
6 | 2024-03 | 0 | 5 |
7 | 2024-04 | 0 | 18 |
8 | 2024-05 | 0 | 2 |
9 | 2024-06 | 0 | 1 |
10 | 2024-07 | 0 | 1 |
11 | 2024-08 | 0 | 1 |
12 | 2024-09 | 0 | 0 |
13 | 2024-10 | 0 | 0 |
14 | 2024-11 | 0 | 0 |
15 | 2024-12 | 0 | 1 |
16 | 2023-01 | 0 | 1 |
17 | 2023-02 | 0 | 0 |
18 | 2023-03 | 0 | 2 |
19 | 2023-04 | 0 | 1 |
20 | 2023-05 | 0 | 0 |
21 | 2023-06 | 0 | 13 |
22 | 2023-07 | 0 | 8 |
23 | 2023-08 | 0 | 0 |
24 | 2023-09 | 0 | 7 |
25 | 2023-10 | 0 | 0 |
26 | 2023-11 | 0 | 0 |
27 | 2023-12 | 0 | 0 |
28 | 2022-01 | 0 | 3 |
29 | 2022-02 | 0 | 3 |
30 | 2022-03 | 0 | 4 |
31 | 2022-04 | 0 | 4 |
32 | 2022-05 | 0 | 0 |
33 | 2022-06 | 0 | 10 |
34 | 2022-07 | 0 | 2 |
35 | 2022-08 | 0 | 0 |
36 | 2022-09 | 0 | 0 |
37 | 2022-10 | 0 | 0 |
38 | 2022-11 | 0 | 0 |
39 | 2022-12 | 0 | 6 |
40 | 2021-01 | 0 | 10 |
41 | 2021-02 | 0 | 20 |
42 | 2021-03 | 0 | 15 |
43 | 2021-04 | 0 | 13 |
44 | 2021-05 | 0 | 0 |
45 | 2021-06 | 0 | 0 |
46 | 2021-07 | 0 | 15 |
47 | 2021-08 | 0 | 46 |
48 | 2021-09 | 0 | 0 |
49 | 2020-01 | 0 | 0 |
50 | 2020-02 | 0 | 2 |
51 | 2020-03 | 0 | 0 |
52 | 2020-04 | 0 | 1 |
53 | 2020-05 | 0 | 11 |
54 | 2020-06 | 0 | 2 |
55 | 2020-07 | 0 | 16 |
56 | 2020-08 | 0 | 0 |
57 | 2020-09 | 0 | 0 |
58 | 2020-10 | 0 | 0 |
59 | 2020-11 | 0 | 0 |
60 | 2020-12 | 0 | 0 |
61 | 2019-01 | 0 | 4 |
62 | 2019-02 | 0 | 4 |
63 | 2019-03 | 0 | 0 |
64 | 2019-04 | 0 | 3 |
65 | 2019-05 | 0 | 0 |
66 | 2019-06 | 0 | 0 |
67 | 2019-07 | 0 | 4 |
68 | 2019-08 | 0 | 7 |
69 | 2019-09 | 0 | 2 |
70 | 2019-10 | 0 | 7 |
71 | 2019-11 | 0 | 10 |
72 | 2019-12 | 0 | 0 |
73 | 2018-12 | 0 | 93 |
74 | 2017-12 | 5 | 78 |
Fecha de última actualización: 2024/10/09