El seguro de montepío o muerte es la prestación vitalicia en dinero, a la que se hacen acreedores los derechohabientes del asegurado en servicio activo que fallece fuera de actos de servicio, o del asegurado que fallece en servicio pasivo con pensión de retiro o invalidez.
¿A quién está dirigido?
- Cónyugue sobreviviente o persona con la que mantuvo unión de hecho legalmente reconocida.
- Hijos del asegurado fallecido menores de 18 años
- A falta de los derechohabientes mencionados en los literales anteriores, tendrán derecho la madre; a falta de ésta, el padre que carezca de medios para subsistir y esté con discapacidad
Dirigido a:
Persona Natural - Ecuatoriana.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Original partida, acta, certificado o inscripción de defunción del asegurado causante.
- Original de certificado de Historial Laboral del Servidor Policial (solo activos).
- Certificado de institución financiera de cuenta activa única de cada beneficiario (las cuentas bancarias deben ser personales de cada beneficiario, no procede el trámite con cuentas bancarias conjuntas) .
- Ficha simplificada vigente de cada beneficiario (ISSPOL).
- Formulario de Montepío.
Conyugues / conviviente
Hijos menores de edad
- Original o copia certificada de Declaración Juramentada de Representación Legal del menor (para hijos fuera de matrimonio).
Hijos entre los 18 y 25 años
- Certificados de matrícula y asistencia a clases en el que conste la fecha de inicio y fin de cada año lectivo o semestre.
- Certificados de NO afiliación del IESS e ISSFA.
Hijos solteros con incapacidad congénita total permanente
- Original de Certificado de identidad y estado civil emitido por el Registro Civil.
- Original de Informe médico del especialista respectivo.
- Copia de Carné de discapacidad vigente.
- Original Certificados de NO afiliación del IESS e ISSFA
Madre (Únicamente a falta de los derechohabientes anteriores)
- Original de Información sumaria y de nudo de hecho que el causante fue de estado civil soltero, no mantenía convivencia, ni unión de hecho y no procreó ni adoptó hijos.
Padre con discapacidad (Únicamente a falta de los anteriores)
- Partida, Certificado o Inscripción defunción de la madre del causante.
- Original de Información sumaria y de nudo de hecho que el causante fue de estado civil soltero, no mantenía convivencia, ni unión de hecho y no procreó ni adoptó hijos.
- Original de Certificado de NO afiliación del IESS e ISSFA.
- Original de Certificado del Registro de la Propiedad.
- Copia de Carné de discapacidad.
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
Este beneficio, al no ser un trámite en línea, es necesario que el usuario, que tiene derecho del Seguro de montepío, se acerque a la matriz o coordinaciones provinciales a presentar la petición formal, de lo que a continuación se detalla como pasos a seguir:
- Ingresar la solicitud con los requisitos correspondientes.
- Liquidación del seguro.
- Aceptación mediante acuerdo
- Transferencia
Canales de atención:
Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
De 8h00 a 16h30
Fecha de última actualización: 2023/12/01