Seguro de montepío

El seguro de montepío o muerte es la prestación vitalicia en dinero, a la que se hacen acreedores los derechohabientes del asegurado en servicio activo que fallece fuera de actos de servicio, o del asegurado que fallece en servicio pasivo con pensión de retiro o invalidez.

¿A quién está dirigido?

  • Cónyugue sobreviviente o persona con la que mantuvo unión de hecho legalmente reconocida.
  • Hijos del asegurado fallecido menores de 18 años
  • A falta de los derechohabientes mencionados en los literales anteriores, tendrán derecho la madre; a falta de ésta, el padre que carezca de medios para subsistir y esté con discapacidad

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Pensión de montepío

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Original partida, acta, certificado o inscripción de defunción del asegurado causante.
  • Original de certificado de Historial Laboral del Servidor Policial (solo activos).
  • Certificado de institución financiera de cuenta activa única de cada beneficiario (las cuentas bancarias deben ser personales de cada beneficiario, no procede el trámite con cuentas bancarias conjuntas) .
  • Ficha simplificada vigente de cada beneficiario (ISSPOL).
  • Formulario de Montepío.

Conyugues / conviviente

  • Cruce de información

Hijos menores de edad

  • Original o copia certificada de Declaración Juramentada de Representación Legal del menor (para hijos fuera de matrimonio).

Hijos entre los 18 y 25 años

 

  • Certificados de matrícula y asistencia a clases en el que conste la fecha de inicio y fin de cada año lectivo o semestre.
  • Certificados de NO afiliación del IESS e ISSFA.

Hijos solteros con incapacidad congénita total permanente

  • Original de Certificado de identidad y estado civil emitido por el Registro Civil.
  • Original de Informe médico del especialista respectivo. 
  • Copia de Carné de discapacidad vigente.
  • Original Certificados de NO afiliación del IESS e ISSFA

Madre (Únicamente a falta de los derechohabientes anteriores)

  • Original de Información sumaria y de nudo de hecho que el causante fue de estado civil soltero, no mantenía convivencia, ni unión de hecho y no procreó ni adoptó hijos.

Padre con discapacidad (Únicamente a falta de los anteriores) 

 

  • Partida, Certificado o Inscripción defunción de la madre del causante.
  • Original de Información sumaria y de nudo de hecho que el causante fue de estado civil soltero, no mantenía convivencia, ni unión de hecho y no procreó ni adoptó hijos.
  • Original de Certificado de NO afiliación del IESS e ISSFA.
  • Original de Certificado del Registro de la Propiedad.
  • Copia de Carné de discapacidad.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Este beneficio, al no ser un trámite en línea, es necesario que el usuario, que tiene derecho del Seguro de montepío, se acerque a la matriz o coordinaciones provinciales a presentar la petición formal, de lo que a continuación se detalla como pasos a seguir:

  • Ingresar la solicitud con los requisitos correspondientes.
  • Liquidación del seguro.
  • Aceptación mediante acuerdo
  • Transferencia

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

De 8h00 a 16h30

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Gestión de Comunicación Social

Email: contacto@isspol.org.ec

Teléfono: 023949250 ext. 0002


Fecha de última actualización: 2023/12/01