Devolución de pago indebido del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al personal civil y militar de los Estados Unidos- Acuerdo Relativo al Estatuto de la Fuerzas (SOFA)

Devolución de pago indebido del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al personal civil y militar de los Estados Unidos- Acuerdo Relativo al Estatuto de la Fuerzas (SOFA)

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite al personal militar y civil de los Estados Unidos (definido como miembros de las Fuerzas Armadas y empleados civiles del Departamento de Defensa de los Estados Unidos debidamente autorizados) a solicitar la devolución del IVA pagado por sus compras de bienes y servicios con documentación de sustento autorizada, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

Mediante Acuerdo firmado entre el Gobierno de Ecuador y Estados Unidos, Relativo al Estatuto de Fuerzas, se estableció que el personal del Departamento de Defensa de los Estados Unidos no será responsable de pagar ningún impuesto en el Ecuador. En ese sentido, con el Acuerdo se otorgó al personal de los Estados Unidos privilegios, exenciones e inmunidades equivalentes a los otorgados al personal administrativo y técnico de las misiones diplomáticas bajo la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Pago indebido

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Pasaporte(Presentación física y digital)
  • Solicitud de devolución por concepto de pago indebido del Impuesto al Valor Agregado IVA
  • Listado de comprobantes por los cuales solicite la devolución
  • Acreditación como parte del personal diplomático estadounidense

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

  1. Llenar el formulario con el reclamo administrativo de pago indebido del IVA. 
  2. Ingresar la solicitud a través de cualquiera de las ventanillas de las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional o por los canales electrónicos dispuestos para el efecto, adjuntando los demás requisitos señalados en la pestaña Requisitos.
  3. La solicitud es validada por el SRI previo al registro de los datos personales, cuenta bancaria y liquidación.
  4. El SRI emite una resolución con los valores reconocidos, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 120 días hábiles.
  5. Comprobar la acreditación en la cuenta bancaria.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 0
2 2025-02 0 0
3 2025-03 0 0
4 2024-10 0 0
5 2024-11 0 0
6 2024-12 0 0

Fecha de última actualización: 2024/09/26

Contenido

¿Te sirvió el contenido?