Autorización de débito automático a través de cuentas de terceros

Autorización de débito automático a través de cuentas de terceros

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas solicitar la autorización de débito automático a través de cuentas de tercero, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de la autorización de débito automático a través de cuentas de terceros, a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o personas jurídicas (públicas o privadas).

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de débito automático a través de cuentas de terceros realizada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • Certificado bancario
  • Formulario de autorización de débito automático

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Nota: Para el caso de personas jurídicas se considerará la documentación del Representante Legal

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI
2. Solicitar el turno
3. Esperar el turno
4. Acudir a la ventanilla de atención
5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo
6. Recibir contestación


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 4
2 2025-02 0 6
3 2025-03 0 4
4 2025-05 0 3
5 2024-01 0 0
6 2024-02 0 2
7 2024-03 0 2
8 2024-04 0 0
9 2024-05 0 1
10 2024-06 0 3
11 2024-07 0 5
12 2024-08 0 0
13 2024-09 0 2
14 2024-10 0 2
15 2024-11 0 0
16 2024-12 0 4
17 2023-01 0 3
18 2023-02 0 0
19 2023-03 0 3
20 2023-04 0 2
21 2023-05 0 1
22 2023-06 0 3
23 2023-07 0 0
24 2023-08 0 1
25 2023-09 0 1
26 2023-10 0 3
27 2023-11 0 0
28 2023-12 0 1
29 2022-01 0 0
30 2022-02 0 0
31 2022-03 0 2
32 2022-04 0 5
33 2022-05 0 1
34 2022-06 0 0
35 2022-07 0 1
36 2022-08 0 2
37 2022-09 0 1
38 2022-10 0 7
39 2022-11 0 4
40 2022-12 1 6
41 2021-01 0 6
42 2021-02 0 4
43 2021-03 0 1
44 2021-04 0 0
45 2021-05 0 0
46 2021-06 0 1
47 2021-07 0 1
48 2021-08 0 1
49 2021-09 0 1
50 2021-10 0 2
51 2021-11 0 1
52 2021-12 0 2
53 2020-01 0 1
54 2020-02 0 5
55 2020-03 0 5
56 2020-04 0 5
57 2020-05 0 2
58 2020-06 0 1
59 2020-07 0 5
60 2020-08 0 2
61 2020-09 0 9
62 2020-10 0 2
63 2020-11 0 1
64 2020-12 0 0
65 2019-01 0 12
66 2019-02 0 8
67 2019-03 0 5
68 2019-04 0 9
69 2019-05 0 2
70 2019-06 0 1
71 2019-07 0 1
72 2019-08 0 3
73 2019-09 0 4
74 2019-10 0 2
75 2019-11 0 1
76 2019-12 0 0

Fecha de última actualización: 2024/12/10

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