Trámite orientado a la inscripción en cursos de capacitación en temas de gestión del riesgo de desastres con la finalidad de desarrollar y fortalecer capacidades orientadas al análisis, prevención, mitigación y preparación ante eventos peligrosos naturales, de forma individual, a través de la plataforma de capacitación virtual de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Capacitación en gestión de riesgos de desastres
Certificado de capacitación en gestión de riesgos de desastres
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
Coordinación Zonal 8 (Samborondón):
Contacto: Dirección de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa
Email: cultura@gestionderiesgos.gob.ec
Teléfono: 042593500 ext. 3234
Art. 3.- Del órgano ejecutor de Gestión de Riesgos.- La Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos es el órgano rector y ejecutor del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos.
Dentro del ámbito de su competencia le corresponde:
d) Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción.
g) Diseñar programas de educación, capacitación y difusión orientados a fortalecer las capacidades de las instituciones y ciudadanos para la gestión de riesgos.
Art. 389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.
El sistema nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y nacional. El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido en la ley. Tendrá como funciones principales, entre otras:
1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al territorio ecuatoriano.
2. Generar, democratizar el acceso y difundir información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo.
3. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestión de riesgo en su planificación y gestión.
4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos.
5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre.
6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.
7. Garantizar financiamiento suficiente y oportuno para el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperación internacional dirigida a la gestión de riesgo.
Art. 390.- Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidad.
Art. 11.- De los órganos ejecutores.- Los órganos ejecutores del Sistema de Seguridad Pública y del Estado estarán a cargo de las acciones de defensa, orden público, prevención y gestión de riesgos, conforme lo siguiente:
d) De la gestión de riesgos.- La prevención y las medidas para contrarrestar, reducir y mitigar los riesgos de origen natural y antrópico o para reducir la vulnerabilidad, corresponden a las entidades públicas y privadas, nacionales, regionales y locales. La rectoría la ejercerá el Estado a través de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.
11.2.3.1 Gestión de Fortalecimiento y Desarrollo de Capacidades en Gestión de Riesgos
Misión: Fortalecer capacidades en los actores del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos y ciudadanía, mediante la capacitación, asesoramiento y difusión de información para implementar acciones de reducción de riesgos en el marco de una cultura de prevención.
Art. 1.- Aprobar el Manual del Proceso de Capacitación en Gestión de Riesgos versión 1.0 y el Procedimiento para la capacitación en gestión de riesgos versión 1.0; y sus respectivos anexos(...)
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-01 | 0 | 1287 |
2 | 2024-02 | 0 | 2248 |
3 | 2024-03 | 0 | 17225 |
4 | 2024-04 | 0 | 167 |
5 | 2024-05 | 0 | 548 |
6 | 2024-07 | 0 | 6511 |
7 | 2024-08 | 0 | 614 |
8 | 2024-09 | 0 | 3110 |
9 | 2024-10 | 0 | 6862 |
10 | 2024-11 | 0 | 6171 |
11 | 2024-12 | 0 | 7231 |
12 | 2023-01 | 0 | 1506 |
13 | 2023-02 | 0 | 4799 |
14 | 2023-03 | 0 | 2908 |
15 | 2023-04 | 0 | 840 |
16 | 2023-05 | 0 | 1451 |
17 | 2023-06 | 0 | 3621 |
18 | 2023-07 | 0 | 6009 |
19 | 2023-08 | 0 | 2065 |
20 | 2023-09 | 0 | 2179 |
21 | 2023-10 | 0 | 3516 |
22 | 2023-11 | 0 | 2695 |
23 | 2023-12 | 0 | 1040 |
24 | 2022-12 | 0 | 26860 |
Fecha de última actualización: 2025/01/15