aduanera

Las garantías aduaneras sirven para asegurar o garantizar el pago de los tributos al comercio exterior dentro de las operaciones aduaneras. Las garantías pueden ser generales y específicas, éstas se otorgarán, aprobarán y ejecutarán en la forma, plazos y montos que se determine en el reglamento del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Las garantías aduaneras serán irrevocables, de ejecución total o parcial, incondicionales y de cobro inmediato y constituyen título suficiente para su ejecución inmediata, con la sola presentación al cobro, conforme lo dispuesto en la ley.

Podrán constituirse en los siguientes medios:

a) Depósito en efectivo;

b) Certificados de depósito a plazo en instituciones financieras establecidas en el Ecuador, debidamente endosados a nombre de la Administración Aduanera;

c) Nota de crédito del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador u otra administración tributaria central con el debido endoso;

d) Garantía bancaria;

e) Póliza de seguro;

f) Carta de garantía emitida por las máximas autoridades de las instituciones del sector público en caso de que estas instituciones sean las titulares de la transacción de comercio exterior. Este tipo de garantía no será aplicable para las empresas públicas;

g) Carta de garantía, suscrita por la máxima autoridad de las misiones diplomáticas y oficinas consulares acreditadas en el país, en caso de que estas entidades sean las titulares de la transacción de comercio exterior;

h) Bienes inmuebles hipotecados a favor del Servicio Nacional de Aduanas, mismos que serán aceptados considerando su avalúo municipal y de acuerdo a las disposiciones que emita el director general para el efecto. Estas garantías solo podrán ser presentadas como garantías generales.

¿A quién está dirigido?

El siguiente Trámite está dirigido a Personas jurídicas privadas y jurídicas públicas registradas como Operadores de Comercio Exterior (OCE) que necesiten generar una solicitud de aprobación de garantía aduanera.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

GARANTIA ADUANERA APROBADA

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Que la garantía sea incondicional, irrevocable y de cobro inmediato.
  • Que la garantía se sujeta a las condiciones establecidas en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Copci y demás disposiciones emitidas para el efecto por parte del SENAE.
  • Los emisores de las garantías deben indicar específicamente en el texto de la póliza de seguros o carta bancaria, la operación aduanera o de comercio exterior particular o la actividad que afianza.
  • Las garantías aduaneras específicas y generales deben mantenerse vigentes por el tiempo en que se encuentre autorizado el régimen, operación o actividad garantizada, incluso cuando se impugnare la obligación vía administrativa o judicial.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Generar solicitud de aprobación/ modificación de garantía
  2. Registra la solicitud de aprobación de garantía en el sistema informático Ecuapass a través de la ruta: Portal externo> Trámites operativos > 1.1. Elaboración de e- Doc. Operativo > 1.1.2 Formulario de solicitud de categoría > Despacho aduanero > Solicitud de aprobación de garantía, para el registro de garantías por primera vez.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Los trámites aduaneros no tienen costo, el beneficiario debe considerar el pago de servicios propios de la Logística tales como el transporte, almacenaje y honorarios de agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://www.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 837
2 2025-02 1 796
3 2025-03 1 879
4 2025-04 2 834
5 2025-05 0 873
6 2025-06 3 814
7 2025-07 1 847
8 2025-08 3 787
9 2025-09 1 818
10 2024-01 0 696
11 2024-02 0 724
12 2024-03 0 873
13 2024-04 0 843
14 2024-05 0 850
15 2024-06 0 655
16 2024-07 0 784
17 2024-08 0 815
18 2024-09 0 730
19 2024-10 1 853
20 2024-11 0 705
21 2024-12 0 825
22 2023-01 0 575
23 2023-02 1 715
24 2023-03 0 764
25 2023-04 0 714
26 2023-05 0 725
27 2023-06 0 644
28 2023-07 0 720
29 2023-08 0 771
30 2023-09 0 698
31 2023-10 1 860
32 2023-11 0 749
33 2023-12 0 747
34 2022-01 1 406
35 2022-02 0 644
36 2022-03 0 835
37 2022-04 0 844
38 2022-05 0 770
39 2022-06 0 739
40 2022-07 0 727
41 2022-08 0 792
42 2022-09 0 780
43 2022-10 0 662
44 2022-11 1 684
45 2022-12 0 747
46 2021-01 0 554
47 2021-02 1 630
48 2021-03 0 671
49 2021-04 1 581
50 2021-05 0 508
51 2021-06 0 550
52 2021-07 0 521
53 2021-08 0 604
54 2021-09 0 588
55 2021-10 0 671
56 2021-11 0 623
57 2021-12 0 1220
58 2020-01 0 659
59 2020-02 0 529
60 2020-03 0 535
61 2020-04 0 448
62 2020-05 0 467
63 2020-06 0 415
64 2020-07 0 505
65 2020-08 0 463
66 2020-09 0 539
67 2020-10 0 623
68 2020-11 0 512
69 2020-12 0 620
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/15

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