Aprobación de corrección de Declaración Aduanera de Importación cuando no se ha efectuado el levante de las mercancías (DAI correctiva)

(DAI correctiva)

La declaración aduanera de mercancías es el documento aduanero mediante el cual el declarante (importador), declara información relativa a la mercancía e indica el destino aduanero que deberá aplicarse a la misma. La información contenida en la declaración aduanera pasará por un proceso de validación que generará su aceptación o rechazo.

Si presentada y aceptada la declaración aduanera, se observa que existen inconsistencias en razón a lo declarado, se podrán realizar correcciones a la declaración aduanera previamente presentada. En el sistema informático denominado Ecuapass, existen solicitudes de corrección y sustitutiva tanto para la declaración aduanera de importación como para la declaración aduanera de exportación.

Este trámite en línea tiene como finalidad autorizar las correcciones y ajustes de errores de digitación en el registro, para adjuntar documentos de acompañamiento, para actualizar información que fue ingresada al momento de realizar la generación de la declaración aduanera, que ha sido previamente registrada por parte del importador  o de su declarante que puede ser un agente de aduana,  a través del sistema informático Ecuapass.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente exportación e importación de mercancías.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de ingreso de mercancías y medios de transporte al territorio aduanero ecuatoriano

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.
  • El declarante para realizar la solicitud de la corrección de la declaración aduanera de Importación debe haber efectuado previamente el pago de los tributos al comercio exterior.
  • Tanto el exportador como importador deben ingresar en el sistema el código de OCEs y el número atribuido o número de envío  que utilizó al momento de declarar.
  • El declarante debe contar con la información que desee modificar  y documentos de acompañamiento que desee agregar.

 

¿Cómo hago el trámite?

El procedimiento en cuanto a solicitud de corrección de la declaración aduanera de Importación.

1. Si el canal de aforo de la DAI no es automático, el OCE procede a transmitir directamente la solicitud de corrección utilizando para el efecto la siguiente ruta: Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Despacho aduanero> Importación> Sustitutivo de Detalle del Documento de Importación. 
2.- El OCE recibe detalles de las observaciones encontradas por el técnico operador y procede a transmitir la solicitud de corrección, a fin de subsanar las correcciones indicadas.
3.- El OCE debe cancelar los valores correspondientes a la liquidación complementaria generada (de ser el caso).                                                                                                                                                                                                                                                4.- El técnico operador procede con la revisión de la solicitud de corrección y procede con la aprobación o rechazo de la misma.
5.- Finalmente el OCE procede a levantar la mercancía una vez que el estado de la DAI sea "Salida autorizada".


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

NO

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

  1. Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

  1. Se puede atender dudas o inquietudes a través de la MESA DE SERVICIOS siguiendo los siguientes pasos:

PASO 1: Ingrese a la página https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/

PASO 2: De click en el recuadro “USUARIO EXTERNO”.

PASO 3: Inicie sesión:

Los usuarios que cuenten con dos opciones.

1. Pueden acceder con el mismo usuario y contraseña que usan en el sistema ECUAPASS.

  2. Caso contrario el usuario deberá registrarse con su cuenta de correo electrónico.

PASO 4:  Si es un nuevo usuario, debe ingresar a: REGISTRESE AHORA.

PASO 5:  Ingrese su información personal para crear su cuenta en el Portal.

PASO 6:  En caso de olvidar su contraseña, el Senae le proporciona la siguiente opción ¿OLVIDÓ SU CONTRASEÑA?

PASO 7:  Una vez que ha iniciado la sesión, podrá ingresar a los formularios del Portal de Mesa de Servicios .

PASO 8:  Ingrese al formulario que necesite y registre su solicitud .

PASO 9:  Se creará ticket de atención en su bandeja de entrada.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

NO

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 2 3110
2 2025-02 5 2820
3 2025-03 4 5580
4 2025-04 20 3016
5 2025-05 20 3585
6 2025-06 19 3693
7 2025-07 40 4050
8 2025-08 32 3313
9 2024-01 0 2305
10 2024-02 0 2557
11 2024-03 1 2913
12 2024-04 0 2619
13 2024-05 0 2748
14 2024-06 0 2645
15 2024-07 0 2768
16 2024-08 0 3107
17 2024-09 0 2420
18 2024-10 8 3126
19 2024-11 12 3529
20 2024-12 9 3369
21 2023-01 0 2655
22 2023-02 0 2256
23 2023-03 2 2931
24 2023-04 3 2483
25 2023-05 2 3045
26 2023-06 0 2904
27 2023-07 0 3538
28 2023-08 1 3339
29 2023-09 2 2471
30 2023-10 0 2887
31 2023-11 0 2599
32 2023-12 10 2407
33 2022-01 1 2244
34 2022-02 0 1779
35 2022-03 1 2093
36 2022-04 0 22075
37 2022-05 1 2470
38 2022-06 0 2245
39 2022-07 0 2367
40 2022-08 1 1876
41 2022-09 0 2707
42 2022-10 0 2498
43 2022-11 1 2847
44 2022-12 1 2930
45 2021-01 0 2325
46 2021-02 1 2431
47 2021-03 0 3140
48 2021-04 0 2637
49 2021-05 0 2748
50 2021-06 0 3301
51 2021-07 1 2639
52 2021-08 0 3105
53 2021-09 0 2972
54 2021-10 0 2544
55 2021-11 0 2593
56 2021-12 0 2767
57 2020-01 0 4702
58 2020-02 0 3462
59 2020-03 0 3158
60 2020-04 0 2051
61 2020-05 0 2801
62 2020-06 0 2868
63 2020-07 0 3201
64 2020-08 0 2947
65 2020-09 0 3111
66 2020-10 0 2979
67 2020-11 0 2564
68 2020-12 0 3013
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Fecha de última actualización: 2022/09/20

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