RESOLUCIÓN N.- 023-DE-ANT-2016 "Reforma a la Resolución No. 588-DE-ANT-2015 de 23 de diciembre de 2015, del Instructivo para conceder facilidades de pago a través de Convenio, por multas de Contravenciones de Tránsito."

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2016-05-09

Fecha de publicación: 2016-05-09

Número de registro: 023-DE-ANT-2016

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

Reformas que obedecen a una necesidad institucional que en relación al interés mostrado por la ciudadanía por honrar sus obligacionescomo se evidencia en los tres últimos años en los que ha existido un incremento progresivo en las solicitudes de facilidades de pago y al existir una realidad nacional socio-económicadifícil,es pertinente reformar la tabla partiendo de un salario básico que de conformidad al artículo 2 de la mencionada resolución No.588-DE-ANT-2015en la actualidad estipula el monto mínimo para accedera un convenio de pago por contravenciones de dos remuneraciones básicas unificadas

Adicionalmente, se puede evidenciar que existe una discordancia en la solicitud de Convenio de Facilidades de Pago por Contravencionesde Tránsito en el que se hace constar para el pago de las obligaciones 12 meses cuando del anexo 2 consta 24 meses, siendo necesario reformar la solicitud..."

Así mismo. "...Existe múltiples casos presentados ante la Agencia Nacional de Tránsito, solicitando exoneración de pago de obligacionespendientes por multas de tránsito, en los que se evidencia una connotación socio-económica,que debe ser visualizado por este Organismo.

En este sentido, bajo la estricta aplicación de la Constitución de la República del Ecuador, en elque se determina trato especiallosgrupos prioritarios,es preciso referirnos específicamente a los personas con discapacidad, personas que adolezcan de enfermedad catastróficas o de alta complejidad;y, adultos mayores.

Cada uno de estos grupos con necesidades particulares que no les permite cubrir los montos totales de sus obligaciones ni lasfacilidades de pago se adaptan a su presupuesto. Sin embargo, se ven en la necesidad de cumplir sus obligacionespara evitar procesos coactivosincluso de poder utilizar su vehículo,para ser movilizado o a sus dependientes a sus tratamientos de ser el caso"

Por las mencionadas razones, puso en consideración el realizar una reforma al monto mínimo para acceder a un convenio de facilidades de pago para la cancelación de multas por contravenciones en un salario mínimo y en el caso de grupo especiales como discapacitados, personas con enfermedades catastróficas o de alta complejidad; y, adultos mayores, aumentar el plazo de pago de los montos establecidos entre 1y 9 salarios básicos unificados.

Institución o instituciones emisoras

  • Agencia Nacional de Tránsito

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