Fecha de suscripción: 2025-09-22
Fecha de publicación: 2025-10-08
Número de registro: 141
Tipo de regulación: Resolución
Expide los “Requisitos para la solicitud de autorización para el transporte de carga peligrosa” entre puertos nacionales, son:
1. Solicitud dirigida al Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, la cual deberá contener los datos del embarcador, destino, destinatario, nave en la que se
realizará el transporte, carga y fecha de embarque, así como todos los datos de identificación del solicitante.
2. Comprobante de pago de tasa de autorización de carga peligrosa, el cual deberá ser realizado máximo el día hábil anterior a la presentación de la solicitud.
3. Carta del armador del buque, la que deberá certificar la disponibilidad de espacio para el transporte de la carga, e incluir los datos del embarcador y del destinatario, destino,
detalle de la carga y fecha de embarque.
4. Guía de remisión de la carga, en la cual deberán completarse todos los casilleros, incluyendo los datos del remitente, el nombre y número de cédula del conductor, el
número de placa del vehículo que ingresará la carga al terminal o patio de consolidación, así como el detalle de la carga.