MTOP-SPTM-2016-0111-R

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2016-09-22

Fecha de publicación: 2016-11-12

Número de registro: 880

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

“Normas para la Correcta Aplicación del Capítulo XII del Reglamento de la Actividad Marítima –
Armadores”

Para la correcta y uniforme aplicación de la presente norma se usarán las siguientes definiciones:
Ampliación: Inclusión de una o varias naves en la Matrícula de Armador
Armador: Es la persona natural o jurídica, propietario o no de una nave, responsable de la operación de una o varias embarcaciones.
Cancelación: Inhabilitación definitiva de la Matrícula de Armador.
Matrícula de Armador: Documento habilitante que faculta a una persona natural y/o jurídica a operar una nave propia o fletada en el país.
Suspensión: Inhabilitación temporal de la Matrícula de Armador.
Renovación: Acción de volver a dar validez a la matrícula que haya expirado.
Leasing: Contrato mediante el cual, el armador traspasa el derecho a usar el buque a un arrendatario, a cambio del pago de rentas de arrendamiento, durante un plazo determinado, al término del cual el arrendatario tiene la opción de comprar el bien arrendado pagando un precio determinado, devolverlo o renovar el contrato.

 

Institución o instituciones emisoras

  • SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL

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