Decreto Ejecutivo 338-REGLAMENTO-DE-REGULACIÓN-DE-PRECIOS-DE-DERIVADOS-DE-PETRÓLEO

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2005-07-25

Fecha de publicación: 2018-08-24

Número de registro: R.O. 73 Año III

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Decreto ejecutivo

La Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero – ARCH de conformidad con su misión institucional que es, “Garantizar el aprovechamiento óptimo de los recursos hidrocarburíferos, velar por la eficiencia de la inversión pública y de los activos productivos en el sector de los hidrocarburos, con el fin de precautelar los intereses de la sociedad, mediante la efectiva regulación y el oportuno control de las operaciones y actividades relacionadas”, busca brindar Servicios de calidad, a las empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejecuten actividades hidrocarburíferas en el Ecuador.

Establecen los siguientes precios de venta en los terminales y depósitos operados por PETROCOMERCIAL, para los derivados de los hidrocarburos.

Institución o instituciones emisoras

  • Ministerio-de-Recursos-Naturales-No-Renovables

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