Emisión del certificado provisional/reconocimiento de personas con discapacidad a ecuatorianos(as) residentes en el exterior

Emisión del certificado provisional/reconocimiento  de personas con discapacidad a ecuatorianos(as) residentes en el exterior

Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública (MSP)

Trámite orientado a la emisión de la certificación provisional de discapacidad o el reconocimiento de la calificación de discapacidad emitida en el exterior, a través de la valoración de los requisitos entregados por ecuatorianos(as) residentes en el exterior.

 

¿A quién está dirigido?

Persona con discapacidad.- Se considera persona con discapacidad a toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, psicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en una proporción equivalente al treinta por ciento (30%) de discapacidad, debidamente calificada por la autoridad sanitaria nacional.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado provisional de persona con discapacidad

Reconocimiento de la calificación de la discapacidad emitida en el exterior

Informe técnico desfavorable en caso de no cumplir con el porcentaje para la acreditación de la discapacidad

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Certificado provisional de calificación/recalificación de la discapacidad:

  1. Cédula de identidad o pasaporte  ecuatorianos
  2. Solicitud de calificación / recalificación de discapacidad (ingresada en la plataforma GOB.ec); suscrita por el paciente, representante legal, tutor, curador o el/la responsable del cuidado de la persona con discapacidad.
  3. Informe para la calificación/recalificación de la discapacidad médico y/o psicológico  apostillado y en idioma español, en el formato establecido por el Ecuador o el del país de residencia en donde conste: la fecha de emisión, los datos de filiación del paciente, diagnóstico/s, cuadro clínico detallado, secuelas permanentes e irreversibles, la fecha de inicio del tratamiento y descripción del mismo.
  4. Exámenes complementarios apostillados y en idioma español los que deben tener vigencia de un año, para el caso de deficiencias o secuelas intelectuales y psicosociales, no se requiere estudios de imagen ni exámenes complementarios.

La documentación habilitante para el certificado provisional debe estar escaneada en un solo archivo pdf y no podrá superar los 6MB de peso.  Es importante señalar que solamente deben adjuntar los documentos que fundamenten secuelas permanentes e irreversibles.

El Informe médico para la calificación/recalificación de la discapacidad debe ser llenado según los siguientes parámetros: CLIC AQUÍ

El Informe psicológico para la calificación/recalificación de la discapacidad debe ser llenado según los siguientes parámetros: CLIC AQUÍ

Reconocimiento de la calificación de la discapacidad  emitida en el exterior:

  1. Cédula de identidad o pasaporte ecuatorianos.
  2. Solicitud de reconocimiento de la discapacidad emitida en el exterior (ingresada en la plataforma GOB.ec); suscrita por el paciente, representante legal, tutor, curador o el/la responsable del cuidado de la persona con discapacidad.
  3. La documentación que permita respaldar la calificación de discapacidad otorgada en el exterior resolución/dictamen emitido por el organismo público competente, en idioma español apostillada o legalizada según corresponda, la misma que debe contener mínimo la siguiente información: datos de identificación del paciente (nombres y apellidos y/o nro. de identificación), desglose de el/los diagnósticos con el porcentaje de discapacidad que fueron usados para la obtención total de discapacidad, tipo de discapacidad, descripción y porcentajes de la evaluación.

La documentación habilitante para el reconocimiento de la calificación de la discapacidad en el exterior debe ser escaneada en un solo archivo pdf, que no podrá superar los 6MB de peso.
 

 

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Pasos para acceder al trámite:

1. Ingresar la solicitud de calificación provisional de la discapacidad /reconocimiento de la discapacidad provisional en el exterior adjuntando los requisitos necesarios en Gob Ec. Si requiere revisar como realizar el ingreso de la solicitud en línea de  CLIC AQUI

2. Estar atento a los comunicados enviados por el responsable del Ministerio de Salud Pública, en caso que se requiera realizar correcciones a la información ingresada.

3.Receptar la respuesta del requerimiento al correo electrónico ingresado en la solicitud.

NOTA: En  el caso de la calificación provisional de la discapacidad el momento en que la persona beneficiaria retorne al país, se someterá a una verificación física por parte del Equipo Calificador acreditado de los Establecimientos de Salud autorizados para acreditar la discapacidad.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite se analiza en Planta Central del Ministerio de Salud Pública de lunes a viernes de 8h00  a 17h00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

En el caso de la calificación provisional de la discapacidad el momento en que la persona beneficiaria retorne al país, se someterá a una verificación física por parte del Equipo Calificador acreditado de los Establecimientos de Salud autorizados para acreditar la discapacidad.

En caso del reconocimiento de la  calificación de la discapacidad  emitida en el exterior una vez aprobado el trámite e ingresada la información en el sistema informático de registro de discapacidades definido para el efecto, no existe fecha de caducidad.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mgs. Susana Emperatriz Escudero Uchuari

Email: susana.escudero@msp.gob.ec

Teléfono: (+593)2-3814-400 ext. 5340, 5342

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 8
2 2025-02 0 2
3 2025-03 0 0
4 2024-01 0 2
5 2024-02 0 13
6 2024-03 0 0
7 2024-04 0 2
8 2024-05 0 1
9 2024-06 0 1
10 2024-07 0 1
11 2024-08 0 5
12 2024-09 0 2
13 2024-10 0 1
14 2024-11 0 5
15 2024-12 0 7
16 2023-01 0 0
17 2023-02 0 0
18 2023-03 0 0
19 2023-04 0 3
20 2023-05 0 0
21 2023-06 0 1
22 2023-07 0 0
23 2023-08 0 1
24 2023-09 0 4
25 2023-10 0 1
26 2023-11 0 0
27 2023-12 0 0
28 2022-02 0 2
29 2022-03 0 1
30 2022-04 0 0
31 2022-05 0 8
32 2022-06 0 0
33 2022-07 0 1
34 2022-08 0 0
35 2022-09 0 3
36 2022-10 0 3
37 2022-11 0 3
38 2022-12 0 2
39 2021-01 0 0
40 2021-02 0 0
41 2021-03 0 1
42 2021-04 0 0
43 2021-05 0 0
44 2021-06 0 0
45 2021-07 0 0
46 2021-08 0 2
47 2021-09 0 0
48 2021-10 0 0
49 2021-11 0 0
50 2020-01 0 0
51 2020-02 0 0
52 2020-03 0 0
53 2020-04 0 0
54 2020-05 0 1
55 2020-06 0 0
56 2020-07 0 0
57 2020-08 0 0
58 2020-09 0 0
59 2020-10 0 0
60 2020-11 0 0
61 2020-12 0 0
62 2019-01 0 0
63 2019-02 0 0
64 2019-03 0 0
65 2019-04 0 0
66 2019-05 0 4
67 2019-06 0 0
68 2019-07 0 0
69 2019-08 0 0
70 2019-09 0 2
71 2019-10 0 2
72 2019-11 0 2
73 2019-12 0 0
74 2018-01 0 0
75 2018-02 0 0
76 2018-03 0 7
77 2018-04 0 0
78 2018-05 0 0
79 2018-06 0 3
80 2018-07 0 0
81 2018-08 0 0
82 2018-09 0 3
83 2018-10 0 0
84 2018-11 0 0
85 2018-12 0 3
86 2017-01 0 2
87 2017-02 0 3
88 2017-03 0 7
89 2017-04 0 0
90 2017-05 0 0
91 2017-06 0 0
92 2017-07 0 1
93 2017-08 0 2
94 2017-09 0 2
95 2017-10 0 1
96 2017-11 0 0
97 2017-12 0 2
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Fecha de última actualización: 2024/12/21

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