Determinación de la condición de Refugiado o Apátrida

Se reconocerá la condición de refugiado a las personas que se encuentren fuera de su país de origen o nacionalidad y que no puedan retornar al mismo debido a temores fundados de ser perseguida por los motivos convencionales o que sus derechos estén amenazados por eventos situacionales en su país de origen. También se le reconocerá la condición de apatridia a las personas que no son consideradas como nacionales por ningún Estado.  

¿A quién está dirigido?

A las personas que se encuentren fuera de su país de origen o nacionalidad y que no puedan retornar al mismo debido a temores fundados de ser perseguida por los motivos convencionales o que sus derechos estén amenazados por eventos situacionales en su país de origen. También se le reconocerá la condición de apatridia a las personas que no son consideradas como nacionales  por ningún Estado. 

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

El desistimiento del procedimiento o a la renuncia a la condición de refugiado.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Contar con un e-mail personal

¿Cómo hago el trámite?

El procedimiento debe realizarse en línea 

  1. Ir a TRÁMITE EN LÍNEA de esta página
  2. Llenar el formulario con los campos solicitados.
  3. La Dirección se comunicará con ustedes de acuerdo a su requerimiento por correo electrónico.

 

Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:

Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el Tipo de Identificación; si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres.  En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos. 

Ejemplo: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

Para consultas telefónicas contactarse al teléfono: 022 993 200 y escoger la extensión de acuerdo a su lugar de residencia:

Azogues: 18004 - 18008

Esmeraldas: 14070 -14071-14074

Ibarra: 14050-14051-14052

Guayaquil: 13023-13024

Quito: 23035 - 23036

Tulcán: 14005 -14013

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Protección Internacional

Email: dpin@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 2993200 Extensión Quito 23035 - 23036

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 504
2 2024-01 0 787
3 2024-02 0 1249
4 2024-03 0 1509
5 2024-04 0 1196
6 2024-05 0 572
7 2024-06 0 937
8 2024-07 0 803
9 2024-08 0 700
10 2024-09 0 835
11 2024-10 0 792
12 2024-11 0 800
13 2024-12 0 578
14 2023-01 0 617
15 2023-02 0 617
16 2023-03 0 800
17 2023-04 0 278
18 2023-05 0 832
19 2023-06 0 787
20 2023-07 0 1099
21 2023-08 0 1230
22 2023-09 0 781
23 2023-10 0 1119
24 2023-11 0 665
25 2023-12 0 584
26 2022-01 0 0
27 2022-02 0 143
28 2022-03 0 323
29 2022-04 0 354
30 2022-05 0 345
31 2022-06 0 412
32 2022-07 0 175
33 2022-08 0 537
34 2022-09 0 188
35 2022-10 0 290
36 2022-11 0 3077
37 2022-12 0 442
38 2021-01 0 67
39 2021-02 0 105
40 2021-03 0 129
41 2021-04 0 137
42 2021-05 0 218
43 2021-06 0 157
44 2021-07 0 127
45 2021-08 0 130
46 2021-09 0 79
47 2021-10 0 280
48 2021-11 0 240
49 2021-12 0 421
50 2020-01 0 154
51 2020-02 0 1781
52 2020-03 0 331
53 2020-04 0 0
54 2020-05 0 0
55 2020-06 0 99
56 2020-07 0 139
57 2020-08 0 65
58 2020-09 0 81
59 2020-11 0 16
60 2020-12 0 9
61 2019-01 0 217
62 2019-02 0 1481
63 2019-03 0 234
64 2019-04 0 2713
65 2019-05 0 487
66 2019-06 0 360
67 2019-07 0 277
68 2019-08 0 305
69 2019-09 0 631
70 2019-10 0 661
71 2019-11 0 661
72 2019-12 0 3093
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Fecha de última actualización: 2025/03/06

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