Trámite orientado a la entrega de coberturas geográficas en formato shapefile (*.shp) a la mayor escala disponible del trazado de límites territoriales internos con el detalle del nivel y su situación jurídica (tipo línea), y las circunscripciones de la Organización Territorial del Estado (tipo polígono), generado por el Comité Nacional de Límites Internos. Para su publicación se requiere autorización expresa del CONALI.
Por competencia institucional, la cobertura geográfica correspondiente a la Organización Territorial del Estado, refiere unicamente a provincias, cantones, cabeceras cantonales y parroquias rurales.
Los usuarios que pueden acceder al trámite son:
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Trazado de límites territoriales internos y Organización Territorial del Estado
1. Solicitud dirigida al Ministro/a de Gobierno, que contenga:
1.1. Nombre completo del solicitante.
1.2. Número de identificación.
1.3. Correo electrónico.
1.4. Número de contacto.
1.5. Institución a la que representa (En el caso de Persona Jurídica pública o privada).
1.6. Especificar el uso y destino de la información solicitada. En el caso de los GAD especificar el ámbito territorial de interés.
2. Nombramiento que acredite la representación legal (En caso de Persona Jurídica privada).
En el caso que el usuario requiera publicar (por cualquier medio físico o digital) la información entregada por el Ministerio de Gobierno, debe ingresar una nueva solicitud para su autorización dirigida al Ministro/a de Gobierno.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Provincia / Cantón | Horario | Dirección |
---|---|---|
Pichincha, Quito | Lunes a viernes, 08h00 - 16h30 | Planta Central: Calle Benalcazar N4-24 y Espejo |
La vigencia de la información de los límites territoriales contantes en el documento cartográfico entregado por el Ministerio de Gobierno, es anual; salvo que existan modificaciones debido a la creación, supresión y fusión de circunscripciones territoriales, a la fijación o cambio de límites territoriales internos.
Contacto: Dirección de Límites Territoriales Internos
Email: atencion.limitesterritoriales@ministeriodegobierno.gob.ec
Teléfono: 02 2955 666
El Ministerio de Gobierno, a través del organismo competente, tendrá a su cargo la delimitación jurisdiccional político - administrativa, provincial, cantonal, parroquial de las líneas demarcatorias para circunscribir a dichas jurisdicciones.
Funciones del Ministro de Gobierno.- Son Funciones del Ministro de Gobierno, las siguientes:
f) Elaborar el trazado de límites territoriales en la cartografía oficial.
Funciones del Directorio.- Son funciones del Directorio, además de las establecidas en la Ley, las siguientes:
c) Aprobar y autorizar la publicación del trazado de límites internos de la organización territorial del Estado en la cartografía oficial.
Definiciones generales.- Para efectos del presente reglamento, a más de las establecidas en la Ley, se observarán y aplicarán las siguientes definiciones:
2. Trazado de límites territoriales.- Comprende la georeferenciación de los elementos de linderación encartografía oficial de las circunscripciones territoriales
sobre la base de la normativa vigente.
Funciones.- Son funciones del Comité
Nacional de Límites Internos:
h) Mantener actualizada la información de la División Político Administrativa;
i) Actualizar el trazado de límites territoriales en la cartografía en el momento de su edición;
j) Absolver consultas a las autoridades y población en general en materia de límites territoriales internos.
TERCERA.- Las entidades e instituciones del sector público se abstendrán de emitir y publicar material cartográfico en que se definan límites en territorios que de manera pública y notoria, mantienen conflictos limítrofes no resueltos. Las entidades públicas a las que les corresponda emitir cartografía oficial, señalarán en ella como “zonas en estudio” aquellas circunscripciones territoriales que mantienen conflictos limítrofes hasta que los mismos sean resueltos.
Solicitud y Contenido.- La solicitud de información puede ser presentada por medio físico o electrónico y deberá contener lo siguiente:
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 5 |
2 | 2025-02 | 0 | 3 |
3 | 2025-03 | 0 | 3 |
4 | 2024-01 | 0 | 4 |
5 | 2024-02 | 0 | 5 |
6 | 2024-03 | 0 | 5 |
7 | 2024-04 | 0 | 7 |
8 | 2024-05 | 0 | 4 |
9 | 2024-06 | 0 | 2 |
10 | 2024-07 | 0 | 6 |
11 | 2024-08 | 0 | 6 |
12 | 2024-09 | 0 | 5 |
13 | 2024-10 | 0 | 5 |
14 | 2024-11 | 0 | 0 |
15 | 2024-12 | 0 | 0 |
16 | 2023-10 | 0 | 1 |
17 | 2023-11 | 0 | 4 |
18 | 2023-12 | 0 | 2 |
Fecha de última actualización: 2025/05/01