Resolución Administrativa de licencias de exploración

Trámite orientado a que la exploración y afloración de aguas subterráneas, se deberá contar con la respectiva licencia otorgada por la Autoridad Única del Agua. Las licencias para efectuar trabajos de exploración y alumbramiento de aguas subterráneas podrán otorgarse en terrenos de terceros siempre que el destino sea el uso para atender necesidades de consumo humano y riego para soberanía alimentaria.

¿A quién está dirigido?

Todas las personas naturales ecuatorianas o extranjeras y las personas jurídicas tienen el derecho de la obtención de una licencia de exploración de aguas subterráneas, siempre y cuando estas cumplan con las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del agua y en su respectivo Reglamento.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución administrativa de licencias de exploración de aguas subterráneas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos Obligatorios:
1.-  Solicitud de emisión de licencias de exploración de aguas subterráneas 
2.-  Cédula, RUC  o documento que acredite la calidad en la que comparece (Se validará a través del sistema, no necesario la presentación en físico ni copia ni original)
3.- Proyecto de exploración
4.-  Documento legal que acredite la titularidad de la propiedad

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

El procedimiento que debe seguir el ciudadano es:

Procedimiento Presencial:

1.- Presentar la solicitud de autorización para exploración de aguas subterráneas dirigida al Director Zonal y cédula de identidad y/o ciudadanía / Registro Único de Contribuyentes adjuntando proyecto de exploración y alumbramiento, en las instalaciones de las Direcciones Zonales más cercana a su lugar de residencia.

2.- Retirar de la Dirección Zonal donde dejo la solicitud la calificación de la solicitud de autorización para exploración de aguas subterráneas.

3.- Acompañar a los técnicos en la visita técnica.

4.- Receptar informe técnico.

5.- Ratificar informe técnico.

6.- Retirar la autorización para exploración de aguas subterráneas en la Dirección Zonal donde dejo la solicitud.

 

Procedimiento en Línea:

1.- Realizar la solicitud inicial, utilizando el siguiente link:  http://suia.ambiente.gob.ec/?page_id=1132 y continuar con los pasos presenciales a partir del número 2.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00.

​Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00.

A continuación, se indican las direcciones de los puntos de atención:

DIRECCIONES MAATE 18sep23

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mesa de Ayuda

Email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec

Teléfono: (02) 398 7600, ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 3
2 2025-02 0 5
3 2025-03 0 6
4 2024-01 0 0
5 2024-02 0 2
6 2024-03 0 2
7 2024-04 0 0
8 2024-05 0 2
9 2024-06 0 0
10 2024-07 0 4
11 2024-08 0 6
12 2024-09 0 6
13 2024-10 0 8
14 2024-11 0 0
15 2024-12 0 6
16 2023-01 0 9
17 2023-02 0 0
18 2023-03 0 3
19 2023-04 0 0
20 2023-05 0 1
21 2023-06 0 3
22 2023-07 0 1
23 2023-08 0 0
24 2023-09 0 0
25 2023-10 0 1
26 2023-11 0 0
27 2023-12 0 2
28 2022-01 0 8
29 2022-02 0 0
30 2022-03 0 1
31 2022-04 0 2
32 2022-05 0 3
33 2022-06 0 1
34 2022-07 0 5
35 2022-08 0 0
36 2022-09 0 0
37 2022-10 0 2
38 2022-11 0 0
39 2022-12 0 2
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/12/27

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