El trámite permite a las personas naturales y jurídicas que ejercen actividades económicas dentro del cantón Zaruma, declarar y pagar anualmente el impuesto de patente municipal y el 1.5 x mil sobre los activos totales, conforme a lo dispuesto en el COOTAD y ordenanza municipal.
Este trámite está dirigido a personas naturales y jurídicas que realicen actividades de tipo comerciales, industriales, financieras, profesionales y de servicios en el cantón Zaruma.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Declaración y pago anual del impuesto de patente municipal y el 1.5 x mil sobre los activos totales.
Canales de atención: Presencial.
El valor corresponde al monto liquidado por concepto de impuesto de patente y 1.5 x mil sobre activos totales.
(tener en cuenta el costo de las especies valoradas)
Lugar: Edificio Municipal, ubicado en la Plaza de la Independencia y calle 9 de Octubre.
Horario: lunes a viernes de 08H00 a 12H30 y de 13H30 a 17H00.
La vigencia de este trámite es de un año fiscal.
Art. 552.- Sujeto Activo.- Son sujetos activos de este impuesto las municipalidades y distritos metropolitanos en donde tenga domicilio o sucursales los comerciantes, industriales, financieros, así como los que ejerzan cualquier actividad de orden económico.
Art. 555.- Plazo para el pago.- El impuesto del 1.5 por mil corresponderá al activo total del año calendario anterior y el período financiero correrá del 1 de enero al 31 de diciembre. Este impuesto se pagará hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del impuesto a la renta.
Art. 1.- HECHO GENERADOR.- El hecho generador del impuesto es el ejercicio permanente de la actividad económica en el cantón, del cual se derive la obligación de llevar contabilidad de acuerdo a la Ley Orgánica de Régimen Tributario y su reglamento.
Art. 2.- SUJETO ACTIVO.- El sujeto activo de este impuesto es el Gobierno Municipal de Zaruma. La determinación, administración, control y recaudación de este impuesto se lo hará a través de la Dirección Financiera Municipal, conforme lo dispuesto en el Art. 552 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización.
Art. 12.- PLAZO PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO.- Este impuesto se pagará hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del impuesto a la renta.
Artículo 1.- Objeto.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular la determinación, administración, control y recaudación del impuesto de patentes municipales para las actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y/o profesionales, que realicen permanentemente personas naturales o jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas o con establecimiento en el cantón Zaruma.
Artículo 3.- Obligatoriedad de la patente anual.- Para ejercer cualquier actividad comercial, industrial, financiera, inmobiliaria y/o profesional ejercida permanentemente dentro de la jurisdicción del cantón Zaruma, las personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en este cantón, deberán declarar y pagar eI impuesto de patentes municipales.
Artículo 4.- Hecho Generador.- EI hecho generador del impuesto de patente, constituye el ejercicio permanente de actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y/o profesionales, dentro del cantón Zaruma.
Fecha de última actualización: 2025/10/01