Trámite orientado a la entrega de certificados a la ciudadanía e instituciones para la autorización de eventos que impliquen el uso del espacio público, garantizando condiciones mínimas de seguridad y cumplimiento de normativas vigentes.
Trámite dirigido a todos los ciudadanos: Emisión de Certificado de Seguridad para Uso de Espacio Público
Este trámite permite obtener el certificado que avala las condiciones de seguridad necesarias para el uso temporal o permanente de espacios públicos, garantizando el cumplimiento de las normativas vigentes.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado para control de espacio público
1. Oficio de solicitud
No tiene requisitos especiales
1. Ingreso de oficio que debe contener los siguientes datos:
Nombre del Evento, tipo de evento, aforo, número de agentes solicitados, lugar, fecha y hora
2. Recibe el certificado para control de espacio público
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Balcón de Servicios ubicado en la calle Montúfar 251 y Espejo, cabecera Cantonal del GADMUR
Horario de atención: De lunes a viernes de 07:00 a 16:00 horas
Contacto: Tlga. Mónica Álvarez
Email: monica.alvarea@ruminahui.gob.ec
Teléfono: Chat comunitario Ext. 4092
1. COOTAD; Art. 54, 597.
Art. 54.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes: a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; c) Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales
Art. 597.- Objeto de la policía municipal y metropolitana.- Los gobiernos autónomos descentralizados distritales y municipales contarán, para el ejercicio de la potestad pública, con unidades administrativas de la policía metropolitana o municipal, que aseguren el cumplimiento de las normas expedidas en función de su capacidad reguladora.
Fecha de última actualización: 2025/08/08