Trámite orientado a determinar si un predio del Cantón Rumiñahui, se encuentra ubicado en zona de riesgo por amenaza volcánica, y/o a su vez determinar si estos predios, necesitan obras de mitigación sean estos por movimientos en masa, erosión hídrica, e inundaciones
Al trámite puede acceder toda las personas naturales o jurídicas domiciliada o no en el Cantón, pero que requieran realizar una Evaluación y Calificación de Riesgos del predio ubicado en el cantón Rumiñahui y/o a su vez determinar si en este predio se necesita obras de mitigación.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Informe predial de riesgo
De manera presencial:
1. Oficio de solicitud del Informe de Delimitación del Riesgo donde se determine si el predio se encuentra en zona de amenaza volcánica dirigida al Director/a de Gestión de Riesgos.
2. Informe predial de regulación de uso de suelo (IPRUS)
No aplica
Canal Presencial:
1. Ingresar el oficio de solicitud del Informe de Delimitación del Riesgo y demás requisitos a través del Balcón de Servicios
2. Recibir llamada del técnico del GADMUR, para coordinar inspección
3. Recibir al técnico del GADMUR para la inspección del predio
4. Recibir el informe al correo electrónico registrado
Canal Virtual:
1. Remitir el oficio de solicitud del Informe de Delimitación del Riesgo y demás requisitos a través del correo electrónico “tramites@ruminahui.gob.ec”
2. Recibir llamada del técnico del GADMUR, para coordinar inspección
3. Recibir al técnico del GADMUR para la inspección del predio
4. Recibir el informe al correo electrónico registrado
Nota: El trámite tiene un tiempo de respuesta de 5 días laborables
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Balcón de Servicios ubicado en la calle Montúfar 251 y Espejo, cabecera Cantonal del GADMUR
Horario de atención: De lunes a viernes de 07:00 a 16:00 hora
El Informe tiene validez durante 1 año desde la entrega al solicitante
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Código Orgánico de organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD - Art.(s). 54, 55, 60, 84, 90, 140 Art. 54.- p) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la colectividad;
ART 55.- Competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley; b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
ART 60.- Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa- Le corresponde al Alcalde o Alcaldesa: r) Conceder permisos para juegos, diversiones y espectáculos públicos, en las parroquias urbanas de su circunscripción, de acuerdo con las prescripciones de las leyes y ordenanzas sobre la materia. Cuando los espectáculos públicos tengan lugar en las parroquias rurales, se coordinará con elgobierno autónomo descentralizado parroquial rural respectivo;
ART 84.- Funciones- Son funciones del Gobierno del Distrito Autónomo Metropolitano:
o) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial metropolitana con el objeto de precautelar el desarrollo ordenado de las mismas;
ART 90.- Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa Metropolitano- Le corresponde al Alcalde o Alcaldesa metropolitano:
y) Conceder permisos para juegos, diversiones y espectáculos públicos, en el distrito de acuerdo con las prescripciones de las leyes y ordenanzas sobre la materia;
ART 140 .- Ejercicio de la competencia de gestión de riesgos- (...).
Fecha de última actualización: 2025/10/22