Es una solicitud formal que realiza el ciudadano (ya sea a título personal o a nombre de alguna institución, sociedad civil organizada, etc) con el objetivo de obtener la autorización para utilizar alguna de las canchas deportivas que son propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán. Esta autorización es indispensable para reservar dichos espacios a fin de realizar actividades deportivas, culturales, educativas, recreativas o eventos comunitarios.
Los beneficiarios son las personas naturales ecuatorianas y extranjeras y jurídicas prividas y públicas que deseen obtener la autorización para hacer uso de alguna de las canchas deportivas que son propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Permiso de uso de cancha deportiva
Uso de cancha para actividades de 2 horas en adelante o de varios días:
Uso de cancha para actividades de 1 hora:
Para solicitudes de uso de cancha para actividades de 2 horas en adelante o de varios días:
Para solicitudes de uso de cancha para actividades de 1 hora:
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Servicio de Atención Ciudadana
Dirección: Loja entre Manabí y Quito
De lunes a viernes de 8h00 a 16h30
Art. 238.- Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional. Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales.
Art. 381.- El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad. El Estado garantizará los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los recursos se sujetarán al control estatal, rendición de cuentas y deberán distribuirse de forma equitativa.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2025-01 | 0 | 35 |
| 2 | 2025-02 | 0 | 3 |
| 3 | 2025-03 | 0 | 8 |
| 4 | 2025-04 | 0 | 0 |
| 5 | 2025-05 | 0 | 25 |
| 6 | 2025-06 | 0 | 4 |
| 7 | 2025-07 | 0 | 13 |
| 8 | 2025-08 | 0 | 40 |
| 9 | 2025-09 | 0 | 18 |
Fecha de última actualización: 2025/10/27