El certificado de bien raíz es un documento oficial que acredita quién es el dueño legal de un inmueble, y detalla la situación jurídica del mismo. Este certificado es útil y, a menudo, obligatorio para: Comprar o vender un inmueble, Solicitar un crédito hipotecario, Comprobar que no hay hipotecas, embargos u otros gravámenes, Hacer trámites notariales, herencias, donaciones o divisiones de bienes. Dependiendo del país, puede incluir: Nombre del propietario actual, Ubicación y descripción del inmueble, Número de rol o identificación catastral, Historial de inscripciones (compras, ventas, hipotecas, embargos), Estado legal (si hay litigios, prohibiciones, etc.).
Este documento es requerido por personas naturales y jurídicas para distintos fines legales y administrativos. Copropietarios o cotitulares del bien raíz: Personas que figuran, como dueñas en el título de dominio, Aparecen en el certificado de dominio vigente o en la inscripción en el Registro de la Propiedad. Beneficiarios por herencia: Personas que han recibido el inmueble por sucesión (testamentaria o intestada). Se detalla en la posesión efectiva o en escrituras de adjudicación. Beneficiarios de un fideicomiso: Si la propiedad está dentro de un fideicomiso o trust, los beneficiarios serían los designados en el contrato fiduciario.
Dirigido a: Persona Jurídica - Pública.
Certificado de Bien raíz.
Documento de identidad del solicitante. Formulario de solicitud debidamente llenado.
Todo proceso administrativo que demande un servicio público por parte del GADM-B deben ser realizado personalmente por la parte interesada, en caso de no poder asistir mediante oficio realizará una autorización a otro persona y adjuntará los demás documentos que ameriten la veracidad de lo solicitado.
Este documento es requerido por personas naturales y jurídicas para distintos fines legales y administrativos. Copropietarios o cotitulares del bien raíz: Personas que figuran, como dueñas en el título de dominio, Aparecen en el certificado de dominio vigente o en la inscripción en el Registro de la Propiedad. Beneficiarios por herencia: Personas que han recibido el inmueble por sucesión (testamentaria o intestada). Se detalla en la posesión efectiva o en escrituras de adjudicación. Beneficiarios de un fideicomiso: Si la propiedad está dentro de un fideicomiso o trust, los beneficiarios serían los designados en el contrato fiduciario.
Canales de atención: Presencial.
$12 Dolares Americanos
Lunes a Viernes de 8 am a 16:30 pm en el Balcón de servicios del GADMB.
90 DÍAS
Fecha de última actualización: 2025/10/27