RENTAS

El GADM - PASTAZA con el objetivo de bridar la atención oportuna en  el trámite que se va a realizar IMPUESTO de RODAJE MUNICIPAL, Comenzando un año se deberá pagar el impuesto correspondiente al mismo, aun cuando la propiedad del vehículo hubiere pasado a otro dueño, quién será responsable si el anterior no lo hubiere pagado.
Previa la inscripción del nuevo propietario en la jefatura de tránsito correspondiente se deberá exigir el pago de este impuesto, a través de la Unidad de Rentas.

¿A quién está dirigido?

Todo propietario de todo vehículo deberá satisfacer el impuesto anual que se establece en el COOTAD, como Impuesto a los Vehículos (RODAJE).
La base imponible de este impuesto es el avalúo de los vehículos que consten registrados en el Servicio de Rentas Internas y en los organismos de tránsito correspondientes.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Determinación impuesto rodaje

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Pago del impuesto de matricula (banco o cooperativa).

Matrícula del vehículo original o copia.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Se recepta en la Unidad de Rentas la matrícula del vehículo.
  2. Adjuntar los  requisitos  obligatorios, e ingreso por ventanilla.
  3. Se procede a ingresar la información y generar el impuesto de rodaje.
  4. El usuario debe acercarse a recaudación y proceder a pagar

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

De acuerdo al Art. 538 y 539 del COOTAD
 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

OFICINA DE RENTAS MUNICIPALES

GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN PASTAZA

FCO. DE ORELLANA Y 9 DE OCTUBRE

DE LUNES A VIERNES DE 08H00 A 16H00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

1 año fiscal

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Asistente Técnico Rentas

Email: rentas@puyo.gob.ec

Teléfono: 032994240 ext 244

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 1389
2 2024-02 0 950
3 2024-03 0 680
4 2024-04 0 360
5 2024-05 0 464
6 2024-06 0 430
7 2024-07 0 256
8 2024-08 0 381
9 2024-09 0 410
10 2024-10 0 351
11 2024-11 0 201
12 2024-12 0 164
13 2023-01 0 1290
14 2023-02 0 2240
15 2023-03 0 2158
16 2023-04 0 1737
17 2023-05 0 1525
18 2023-06 0 1590
19 2023-07 0 1431
20 2023-08 0 1482
21 2023-09 0 1275
22 2023-10 0 1463
23 2023-11 0 1038
24 2023-12 0 627
25 2022-01 0 898
26 2022-02 0 1765
27 2022-03 0 1782
28 2022-04 0 1495
29 2022-05 0 1554
30 2022-06 0 944
31 2022-07 0 1678
32 2022-08 0 1655
33 2022-09 0 1324
34 2022-10 0 1179
35 2022-11 0 1078
36 2022-12 0 842
37 2021-01 0 864
38 2021-02 0 1829
39 2021-03 0 1892
40 2021-04 0 1346
41 2021-05 0 1390
42 2021-06 0 1385
43 2021-07 0 1336
44 2021-08 0 1397
45 2021-09 0 1159
46 2021-10 0 999
47 2021-11 0 1056
48 2021-12 0 706
49 2020-09 0 30

Fecha de última actualización: 2023/02/09

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