Es la compra que realiza el contribuyente de fajas o sobrantes de terrenos municipales Si es que existe escrituras, depende de la vicealcaldesa y tiene que haber varias peticiones porque no se reúnan por un trámite
A este trámite pueden acceder o beneficiarse las personas naturales o jurídicas, ecuatorianos o extranjeros
-Persona Jurídica - Privada.
- Persona Jurídica - Pública.
- Persona Natural - Ecuatoriana.
- Persona Natural - Extranjera.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
REMATES FORZOSOS
Nota: En caso de ser necesario, se solicita informes a proveedores internos y externos lo que determina una ampliación al tiempo de entrega establecido
1. El usuario entrega en ventanilla el expediente completo con todos los requisitos.
2. La recepcionista revisa el cumplimiento de cada uno de los requisitos caso contrario no se lo recibe, si pasa se ingresa el trámite para asignar un código y número de ingreso a través de Quipux.
3. La recepcionista reasigna el trámite a la Dirección de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.
4. La Directora reasigna el trámite al responsable de la unidad correspondiente
5. El responsable reasigna el trámite al técnico encargado.
6. El técnico revisa la documentación y solicita el levantamiento planimétrico del predio
7. TÉCNICO REALIZA: El levantamiento y solicita la implantación y el avalúo a la unidad de avalúos y catastros y se solicita al departamento de activos fijos la correspondiente copia de escritura del bien inmueble a permutar legalmente inscrito en el registro de la propiedad.
8. TÉCNICO REALIZA INFORME PARA REMITIR A COMISIÓN de planificación y presupuesto.
9. Secretaria envía informe técnico a la comisión de planificación y presupuesto
10. Emiten informe jurídico para la comisión de planificación, el mismo que constará con todos los informes y certificados
11. Procuraduría síndica revisa el reglamento de condóminos en el cual se tiene que especificar cuáles son las variaciones a la primera declaratoria de PH ya que en base a la modificación especificada en el reglamento se realiza la resolución de modificatoria de ph y se remite a vice alcaldía para su legalización
12. De la revisión del expediente, de existir observaciones del reglamento con el plan; falta de documentación se realiza la respectiva notificación al propietario para su rectificación y se envía archivo para su reingreso del trámite.
13. Retirado los documentos de archivo, el propietario debe realizar la protocolización en cualquier notaría de la ciudad y posterior su inscripción en el RPI, costos y valores a cargo del usuario.
8. TÉCNICO REALIZA INFORME PARA REMITIR A COMISIÓN de planificación y presupuesto. 9. Secretaria envía informe técnico a la comisión de planificación y presupuesto
10. Emiten informe jurídico para la comisión de planificación, el mismo que constará con todos los informes y certificados
11. Procuraduría síndica revisa el reglamento de condóminos en el cual se tiene que especificar cuáles son las variaciones a la primera declaratoria de PH ya que en base a la modificación especificada en el reglamento se realiza la resolución de modificatoria de ph y se remite a vice alcaldía para su legalización
12. De la revisión del expediente, de existir observaciones del reglamento con el plan; falta de documentación se realiza la respectiva notificación al propietario para su rectificación y se envía archivo para su reingreso del trámite.
13. Retirado los documentos de archivo, el propietario debe realizar la protocolización en cualquier notaría de la ciudad y posterior su inscripción en el RPI, costos y valores a cargo del usuario
Canales de atención: Presencial.
Tasa $ 2
HORARIOS DE ATENCIÓN
· 08h00 a 12h30 y de 14h00 a 17h30
De Lunes a Viernes
Sin definir
Contacto: Sandra Torres
Teléfono: 3700200 ext. 3011Fecha de última actualización: 2025/03/11