PROPIEDAD HORIZONTAL

Corresponde a la inscripción de los diversos pisos de un edificio, departamentos o locales en los que se divida cada piso, casas de  los conjuntos residenciales, cuando sean independientes y tengan salida a una vía u otro espacio público o a un espacio condominial, los mismos que
podrán pertenecer a una entidad jurídica o distintos propietarios

¿A quién está dirigido?

Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, legalmente
constituidas en el Ecuador que requieran declara el proyecto de habitación o  su vivienda en unidades de Régimen de Propiedad Horizontal

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Inscripción de la protocolización de la resolución de Propiedad Horizontal con su correspondiente razón de inscripción

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Dos Protocolizaciones de la resolución emitida por el Sr. Alcalde

Primera y segunda copia debidamente sellados en la ventanilla 3 y 4

Informe técnico emitido por la dirección de gestión y planificación

Cuadro de Alícuotas, y cuadro de Linderos

Memoria técnica emitida por el proyectista.  Es decir, el cuadro de áreas, linderos y alícuotas detalladas abalizado por un arquitecto registrado en el GADM CG

Planos arquitectónicos, fluvial, hidrosanitario y alcantarillado
debidamente aprobados por la dirección de planificación (Juego completo de los planos aprobados)

Informe de avalúos y catastros con su respectivo catastro

Copia de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación 

Certificado de gravamen actualizado otorgado por el Registro de la
Propiedad del cantón donde se encuentra inscrito el bien

Comprobante de pago del impuesto predial

Certificado de no adeudar al Municipio

Realizar el pago del arancel por el servicio de inscripción en la oficina
de Recaudación del Gad Municipal de Guano (Ventanilla 5 y 1)

Requisitos Especiales:

Si en la protocolización de la resolución administrativa consta algún poder, tiene que estar vigente a la fecha que se realiza el acto o contrato. O adjuntar la razón de vigencia del poder

En el caso que el propietario sea una persona jurídica adjuntar el nombramiento, copia de cédula del representante legal y copia del
RUC

¿Cómo hago el trámite?

El usuario debe presentar la primera y segunda copia de protocolización
de la Resolución de Propiedad Horizontal; para proformar en la ventanilla
7 del Registro de la Propiedad. 
Posterior activar la orden de pago en la ventanilla 5 y realizar el pago
correspondiente en la ventanilla 1. 
Además, sellar en la ventanilla 3 y 4 la primera y segunda copia de
protocolización de la Resolución Administrativa de Fraccionamiento.
El usuario con todos los habilitantes más 3 copias de las facturas ingresar el
trámite en la ventanilla 7 del Registro de la Propiedad

 


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

VALOR DE LA INSCRIPCIÓN: $100.00US. Solo si es de la tercera edad o tiene
discapacidad el valor a pagar será con el 50% de descuento

Depende de la CUANTÍA DEL ACTO REGISTRAL. Solo si es de la tercera edad o tiene discapacidad el valor a pagar será con el 50% de descuento


NOTA: para el descuento debe presentar la cédula de identidad o carnet de discapacidad

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite podrá realizar de lunes a viernes desde las 8:00 hasta las 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Mientras no cambie la realidad jurídica del bien inmueble, la vigencia de la escritura pública será indeterminado. Pero los documentos habilitantes
tienen cierta vigencia, tales como


 Certificado de gravamen 30 días

Pago del impuesto predial 1 año

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Registro de la Propiedad – Unidad de inscripciones

Email: registropropiedadguano@gmail.com

Teléfono: 032900133


Fecha de última actualización: 2022/11/02

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