El permiso ocasional de vía pública tiene como finalidad la obtención de la habilitación de uso de vía para distintas actividades de manera temporal, que estén amparadas dentro del marco de la ley.
Cualquier persona natural, mayor de 18 años, o jurídica legalmente constituida, que deseare ocupar la vía pública dentro de la Jurisdicción de Naranjal, ya sea en la Cabecera Cantonal, Parroquias, Recintos y Caseríos, sea permanente, temporal u ocasionalmente, pagará por adelantado el Título que haya otorgado la Comisaría Urbana.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Permiso de Ocupación Temporal de vía pública
Quienes ocupen la vía pública de esta forma pagarán una tarifa del 3% diario de un salario básico unificado del trabajador en general por metro cuadrado, de acuerdo al
tiempo y sector. Este valor será fijado por el departamento financiero mediante la elaboración de tablas de valores de según el lugar de ubicación del espacio público.
Estas tablas se aplicarán al momento de otorgar el permiso de uso de vía pública.
Los requisitos a presentar son:
a) Nombre y/o razón social; acompañado de copia de cédula de ciudadanía
b) Ubicación y extensión de la vía pública que desearen ocupar;
c) Indicación de la clase de negocio, servicio o venta que se va a establecer;
d) Dos fotos tamaño carné si es persona natural; y,
e) En el caso de personas jurídicas será su representante legal quien presente la solicitud acompañada de una copia del RUC de la empresa.
A la solicitud para la ocupación de la vía pública, ya sea de forma permanente, temporal u ocasional, se acompañará el Certificado de Salud otorgado por un Subcentro
del Ministerio de salud con sede en el cantón Naranjal cuando se trate de puestos para la venta de productos alimenticios en general de consumo humano cocidos.
Presentada y aceptada la solicitud en la Secretaría Municipal, se ordenará de inmediato que pase a conocimiento de la Comisaría Municipal y Comisión Permanente de Vía
pública para los fines correspondientes.
RECEPCIÓN DE SOLICITUD |
REVISIÓN DE SOLICITUD |
INSPECCIÓN IN-SITU DEL SITIO DONDE VA A REALIZAR LA OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
ELABORACIÓN DE INFORME |
REVISIÓN DE INFORME |
APROBACIÓN O RECHAZO |
ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN |
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
De lunes a viernes de 08H00 a 17H00, exceptuando feriados.
Art. 32.- Los interesados en ocupar la vía pública, de forma permanente, deberán obtener una matrícula para lo cual previamente la solicitarán al Alcalde, que contendrá los siguientes requisitos:
a) Nombre y/o razón social;
b) Ubicación y extensión de la vía pública que desearen ocupar;
c) Indicación de la clase de negocio, servicio o venta que se va a establecer;
d) Dos fotos tamaño carné si es persona natural; y,
e) En el caso de personas jurídicas será su representante legal quien presente la
solicitud acompañada de una copia del RUC de la empresa.
Presentada y aceptada la solicitud en la Secretaría Municipal, se ordenará de inmediato que pase a conocimiento de la Comisaría Municipal y Comisión Permanente de Vía Pública para los fines correspondientes.
Fecha de última actualización: 2025/03/06