Toda persona natural o jurídica que realice actividad comercial, industrial, financiera, inmobiliaria, y profesional dentro del canto 24 de Mayo, anualmente deberá obtener una patente municipal para que pueda efectivizar su actividad económica.
Toda persona natural o jurídica que realice actividad comercial, industrial, financiera, inmobiliaria, y profesional dentro del canto 24 de Mayo, anualmente deberá obtener una patente municipal para que pueda efectivizar su actividad económica.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
entrega de patente
Todas las personas naturales o jurídicas, aun estando exoneradas del pago de este impuesto, obligatoriamente deben realizar la declaración, formularios y presentación de requisitos
Para la aplicación del Art. 550 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; sobre la exoneración de este impuesto a los artesanos calificados, se deberá presentar una solicitud adjuntando la calificación artesanal, otorgada por la Junta Nacional de Defensa del Artesano.
Las personas que obtienen por primera vez la Patente Municipal, deberán adquirir el formulario de declaración inicial de actividad económica y procederá a llenar todos los datos requeridos en dicho formulario.
Adjuntando todos los requisitos señalados, la documentación debe ser entregada en la ventanilla de Rentas del GAD Municipal, en donde se procederá al cálculo provisional del valor del impuesto de patente, sin perjuicio de la inspección o verificación por parte del municipio sobre el capital declarado.
Una vez determinado el valor a pagar, procederá a cancelar en la ventanilla de Tesorería y posteriormente solicitar el permiso de uso de suelo
Para las personas no obligadas a llevar contabilidad y que deseen renovar su patente anual.
Para las personas obligadas a llevar contabilidad, la renovación se realizará cada año con la declaración del impuesto a la renta del año inmediato anterior.
Canales de atención: Presencial.
- Costo de formularios
- Costo del impuesto según tarifas de cuadro de patentes
Oficina de Rentas Municipal
Atención de lunes a viernes de 08:00 a 16:00
El impuesto de Patente Municipal tiene una vigencia de un año, dentro del ejercicio fiscal correspondiente 360 días
Fecha de última actualización: 2025/10/03