Los operadores de proyectos, obras o actividades que cuenten con Licencia Ambiental, tres (3) meses previo a cumplirse el período auditado y a la realización de las auditorías ambientales, de conformidad con los artículos 264, 267 y 268 del Acuerdo Ministerial 061, deberán presentar los correspondientes términos de referencia para la aprobación de la Secretaría de Ambiente, siguiendo los formatos establecidos por la autoridad ambiental . En los términos de referencia se determinará y focalizará el alcance de la auditoría ambiental, según sea el caso.
Dirigida a Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, que ejecuten o desarrollen proyectos, obras o actividades de mediano y alto impacto ambiental, que cuenten con Licencia Ambiental
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Oficio de pronunciamiento de aprobación de los Términos de Referencia
CANAL PRESENCIAL
CANAL VIRTUAL (CORREO)
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite no tiene costo
CANAL PRESENCIAL
CANAL VIRTUAL (CORREO ELECTRÓNICO)
Hasta la presentación de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento
Contacto: Ventanilla de atención al público de la Secretaría de Ambiente
Email: sambiente.tramites@quito.gob.ec
Teléfono: 02 3952300 ext. 24114, 24148
Desarrolla las competencias, atribuciones, facultades y funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, la Ley de Régimen del Distrito Metropolitano de Quito y las demás establecidas en la ley.
Fecha de última actualización: 2024/12/18