Este trámite permite levantar la prohibición de enajenar en caso de reversión de la declaratoria de utilidad pública e interés social con fines de expropiación.
Este trámite podrá ser realizado por el Instituto Metropolitano de Patrimonio, cuando existan las siguientes condiciones:
Nota: Este trámite no está destinado para la cancelación de hipotecas emitidas en garantía de los préstamos concedidos a través del programa "Pon a Punto Tu Casa" o los diferentes programas de inversión.
Este trámite puede realizarlo todo propietario, que sea Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Personal Natural - Extranjera, cuyos inmuebles constan en el Certificado de gravámenes con prohibición de enajenar y que esta haya sido impuesta por el Instituto Metropolitano de Patrimonio.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Oficio de levantamiento de prohibición de enajenar de inmuebles en caso de reversión de la declaratoria de utilidad pública e interés social con fines de expropiación.
N/A
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Oficinas del Instituto Metropolitano de Patrimonio
Dirección: Calle García Moreno N8-27 y Manabí, de Lunes a Viernes 8:00 a 16:30.
Contacto: Abg. María del Carmen Uvillus
Email: maria.uvillus@quito.gob.ec
Teléfono: 3996300 ext. 1179
La resolución establece: Delegar al Administrador General, Administradores Zonales y demás entes requirentes del Distrito Metropolitano de Quito, que hayan impuesto prohibiciones de enajenar, la suscripción de la documentación necesaria con el propósito de levantar dichas medidas en lo que respecte a los procesos expropiatorios de su competencia.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2024-07 | 0 | 0 |
2 | 2024-08 | 0 | 0 |
3 | 2024-09 | 0 | 0 |
4 | 2024-10 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2024/08/21