Vigila el cumplimiento y la aplicación de la normativa metropolitana en el Distrito Metropolitano de Quito a través de tareas de inspección general enfocado en atender las denuncias ciudadanas por cometimiento de infracciones tales como:
Denuncias sobre espacio público
Denuncias sobre aseo
Denuncias sobre bienes inventariados
Denuncias sobre salud y ambiente
Denuncias sobre publicidad
Denuncias sobre telecomunicaciones
Denuncias sobre licenciamiento
Este trámite está dirigido a todos los ciudadanos que viven en el Distrito Metropolitano de Quito, sean personas jurídicas - públicas o jurídicas - privadas, sean personas naturales ecuatorianas que tengan su cédula de ciudadanía o que se encuentren registrados en la página de Servicio de Datos Públicos, y para personas naturales extranjeras que tengan su pasaporte o identificación.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Aceptación o respuesta para completar la denuncia
Informe General de actuaciones previas
Informe de Correción de Conducta (cuando el administrado corrigió su conducta)
Informe de Fin de Actuación Previa (cuando el administrado no corrigió su conducta)
En línea
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 08h00 y las 16h30.
Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 395 2311
Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
Teléfono: 1800 510 510
Art. 314.- Potestades y competencias.- A la Agencia Metropolitana de Control le corresponde el ejercicio de las potestades de inspección general, instrucción, resolución y ejecución en los procedimientos administrativos sancionadores atribuidas en el ordenamiento jurídico al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
Podrá ejercer además, las potestades de inspección técnica que se le atribuyan mediante Resolución Administrativa.
La Agencia Metropolitana de Control, para el ejercicio de las potestades que tiene atribuidas, actuará a través de los órganos y con las funciones que le confiere el orgánico funcional del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, procurando los mayores niveles de coordinación con todos los órganos y organismos de la Administración del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
La Agencia Metropolitana de Control ostentará las prerrogativas de las que goza el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, y podrá contar, incluso, con el auxilio de la Fuerza Pública para la realización de su cometido.
La Agencia Metropolitana de Control actuará conforme a los procedimientos administrativos previstos en el ordenamiento jurídico metropolitano.
La Agencia Metropolitana de Control desarrollará sus funciones tanto mediante actuaciones propias como a través de la cooperación. Podrá adoptar acuerdos y convenios o contratos con otras entidades públicas y privadas, sin que esto implique delegación de la potestad sancionadora y de control.
Artículo 187.- Denuncia. La denuncia es el acto por el que cualquier persona pone en conocimiento, de un órgano administrativo, la existencia de un hecho que puede constituir fundamento para la actuación de las administraciones públicas.
La denuncia por infracciones administrativas expresará la identidad de la persona que la presenta, el relato de los hechos que pueden constituir infracción y la fecha de su comisión y cuando sea posible, la identificación de los presuntos responsables.
La denuncia no es vinculante para iniciar el procedimiento administrativo y la decisión de iniciar o no el procedimiento se comunicará al denunciante.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-07 | 0 | 267 |
2 | 2024-08 | 0 | 267 |
3 | 2024-09 | 0 | 469 |
4 | 2024-10 | 0 | 469 |
Fecha de última actualización: 2025/01/16