La Regularización de excedentes será aplicable para predios dentro de la delimitación urbanas del cantón El Empalme y que no supere el porcentaje máximo permitido de terrenos de 1 m² hasta 200 m² hasta un 50 %; de 201 m² a 1000 m² hasta un 30 %; de 1001 m² a 1 ha hasta un 20 %: de 1 has a 5 ha hasta un 15 % y de 5 ha o más hasta un 10 % permitido..
Este trámite aplica para toda persona natural o jurídica, ecuatoriana o extranjera en las que sus herederos requieran hacer la partición sobre bienes heredados dentro de la circunscripción territorial del Cantón El Empalme.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE APROBACIÓN DE REGULARIZACIÓN DE EXCEDENTE
Realizar la entrega en ventanilla # 6 la carpeta manila con vincha, adjuntando los requisitos habilitantes.
Cumplir con las ordenanzas vigentes.
Solo se podrán regularizar excedentes de predios ubicados en la zona urbana y cabeceras parroquiales del cantón.
Una vez ingresado el trámite, se asigna un técnico para la inspección en sitio, como parte del procedimiento después de haber realizado la inspección y elaborado el plano se solicitará una declaración juramentada con el formato entregado, luego de recibir la declaración se elaborará un informe para su envío a la Procuraduría Síndica quien remite el informe jurídico y técnico a la máxima autoridad para la autorización de la regularización de excedente y posteriormente la elaboración y entrega de la aprobación.
Duración: De 15 a 30 días hábiles.
El retiro de la aprobación la realiza en Procuraduría Síndica (planta alta).
Canales de atención: Presencial.
El 5% del SBU por servicios
Lugar: Vía a Quevedo y Coop. Dos de Mayo S/N.
Horario de Atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Contacto: DIRECCION DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Email: rloor@municipioelempalme.gob.ec
Teléfono: (04) 3804960 Ext 134
Fecha de última actualización: 2023/11/07