La acometida de agua potable es la conexión que une la tubería principal de distribución con el medidor de agua potable de cada propiedad. Este medidor se debe colocar en la parte frontal de la propiedad. Después del medidor, las instalaciones internas de agua son responsabilidad del propietario o cliente.
Las acometidas de agua potable solo se instalarán en propiedades que cuenten con las condiciones técnicas necesarias para colocar un medidor.
La tubería de la acometida será de media pulgada de diámetro. Si se necesita un diámetro mayor, se podrá instalar según el tipo de uso y los estudios técnicos aprobados por EMAPAO-EP.
Los propietarios de bienes inmuebles ubicados en el Cantón Otavalo, siempre que estos se encuentren dentro del área de cobertura de los sistemas de agua potable administrados por la EMAPAO-EP.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Instalación de Acometida de Agua Potable
Para conexiones o medidores adicionales donde ya existe una conexión con medidor.
Canales de atención: Presencial.
Conforme al Reglamento General para la Prestación de Servicios vigente, se cobrará por derechos de conexión de los servicios de agua potable, los siguientes valores:
PARÁMETROS (Diámetro de la conexión) |
COSTO |
1/2" |
15% de SBU |
3 /4" |
21% de SBU |
1” o más |
28% de SBU |
Se considerará adicionalmente, valores por mano de obra y materiales, que se detallarán en la factura correspondiente.
Calle Guayaquil Nro. 407 entre García Moreno y Juan Montalvo
Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Contacto: Atención al Público
Email: comercializacion@emapao.gob.ec
Teléfono: (06) 2928390 Ext 1024 - 1025
Fecha de última actualización: 2025/01/15