Trámite orientado a entregar información que dispone el Consejo Nacional de Competencias, considerando como información pública a todo documento en cualquier formato, que se encuentre en poder de la institución.
El presente trámite puede ser realizado por cualquier persona que se encuentre interesada en acceder a la información pública que reposa, maneja o produce el Consejo Nacional de Competencias.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Acceso a la Información Pública del Consejo Nacional de Competencias
Solicitud de Acceso a la Información Pública dirigida al/la Secretario/a Ejecutivo/a del Consejo Nacional de Competencias.
La solicitud deberá ser firmada y dirigidas al Secretario/a Ejecutivo/a a través del sistema de gestión documental Quipux.
Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec):
1.- Ingresar el trámite o requerimiento mediante una solicitud dirigida al Secretario/a Ejecutivo/a del Consejo Nacional de Competencias.
2.- Recibir la respuesta al requerimiento.
Canales de atención: Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Lugar: Consejo Nacional de Competencias, Av. Amazonas entre Juan José Villalengua y Unión Nacional de Periodistas, Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera, Bloque Rojo, Tercer Piso, Ala Sur
Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 16h30.
Contacto: Director/a Administrativo/a Financiero/a - Gladys Ramón
Email: info@competencias.gob.ec
Teléfono: 593 2 383 4004 -1221
Norma jurídica suprema del Ecuador que, en lo pertinente, establece y reconoce los derechos fundamentales de las personas que el Estado debe garantizar, encontránse entre ellos, el derecho a la libre comunicación e información.
La presente Ley garantiza la eficacia del tratamiento que se debe dar a las solicitudes de acceso a la Información Pública por parte de los sujetos obligados que custodian, manejan o producen tal información, según los estándares establecidos en la Constitución y en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Es de aplicación obligatoria a todos los sujetos obligados, sean personas jurídicas de derecho público o privado y demás entes señalados en los artículos 1 y 3 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La presente Ley garantiza y norma el ejercicio del derecho fundamental de las personas a la información conforme a las garantías consagradas en la Constitución de la República del Ecuador y demás intrumentos internacionales de derechos humanos, de los cuales nuestro país es signatario. Esta ley es aplicable a instituciones, organismos y entidades públicas, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el tema materia de la información tengan participación del Estado o sean concesionarios de éste, en cualquiera de sus modalidades, quienes estarán obligados a cumplirla.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-01 | 0 | 5 |
2 | 2024-02 | 0 | 3 |
3 | 2024-03 | 0 | 4 |
4 | 2024-04 | 0 | 4 |
5 | 2024-05 | 0 | 1 |
6 | 2024-06 | 0 | 1 |
7 | 2023-01 | 0 | 5 |
8 | 2023-02 | 0 | 6 |
9 | 2023-03 | 0 | 8 |
10 | 2023-04 | 0 | 7 |
11 | 2023-05 | 0 | 2 |
12 | 2023-06 | 0 | 3 |
13 | 2023-07 | 0 | 3 |
14 | 2023-08 | 0 | 6 |
15 | 2023-09 | 0 | 4 |
16 | 2023-10 | 0 | 10 |
17 | 2023-11 | 0 | 3 |
18 | 2023-12 | 0 | 3 |
19 | 2019-12 | 0 | 3 |
Fecha de última actualización: 2024/07/19