Trámite orientado a brindar prestaciones económicas mensuales y vitalicias a los afiliados cesantes que hayan ejercido su trabajo como telegrafista y radio telegrafista, telefonista de larga distancia (telefonía y radiotelefonía), técnico de mantenimiento de equipos de telecomunicación, reparadores de líneas telegráficas, anotadores y mensajeros; que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Los beneficiarios de este trámite son los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) que acceden a los servicios de jubilación en el ramo de Telecomunicaciones. Para más información, consulte nuestra página web: www.iess.gob.ec
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Acuerdo de concesión Jubilación dentro del ramo de Telecomunicaciones
Cédula de identidad o ciudadanía del solicitante
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Clave de afiliado
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Notificación de registro de Formulario de Solicitud de jubilación dentro del ramo de Telecomunicaciones
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Certificado emitido por el empleador sobre cargos del solicitante
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Declaración juramentada de trayectoria laboral
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Autorización a terceros
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CONDICIONES PARA ACCEDER AL TRÁMITE:
Los trabajadores públicos y privados de Telecomunicaciones que presten sus servicios en áreas calificadas por el IESS como insalubres, tales como:
- Telegrafistas y radio-telegrafistas
- Telefonistas de larga distancia (Telefonía o radio telefonía)
- Técnicos en mantenimiento de equipos de telecomunicaciones
- Reparadores de líneas telegráficas
- Anotadoras y Mensajeros
- Telefonistas de servicio público dependientes de centrales urbanas e inter-urbanas del Estado.
En consecuencia, se excluyen los telefonistas y empleados a cargo de conmutadores o plantas internos de oficinas, empresa, fábricas instituciones etc.
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Para acceder a su trámite, genere la solicitud de Jubilación del Ramo de Telecomunicaciones:
MODALIDAD PARCIALMENTE EN LÍNEA
Para acceder a su trámite, genere la solicitud de Jubilación del Ramo de Telecomunicaciones:
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
Virtual: 24 horas.
Presencial: Centros de Atención a nivel nacional, de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas. Horarios diferenciados para puntos en centros comerciales.
Art. 1.- Los trabajadores de Telecomunicaciones del país tendrán derecho a jubilación vejez si tuvieren acreditadas por lo menos 300 imposiciones mensuales, cualquiera que sea su edad. La pensión mensual jubilar mínima (sic) será del 75% del promedio de los sueldos de los cinco mejores años de imposición.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2025-01 | 0 | 1 |
| 2 | 2025-02 | 0 | 5 |
| 3 | 2025-03 | 0 | 0 |
| 4 | 2025-04 | 0 | 0 |
| 5 | 2025-05 | 0 | 10 |
| 6 | 2025-06 | 0 | 0 |
| 7 | 2025-07 | 0 | 0 |
| 8 | 2025-08 | 0 | 0 |
| 9 | 2025-09 | 0 | 1 |
| 10 | 2025-10 | 0 | 0 |
| 11 | 2025-11 | 0 | 1 |
| 12 | 2025-12 | 0 | 0 |
| 13 | 2024-01 | 0 | 0 |
| 14 | 2024-02 | 0 | 0 |
| 15 | 2024-03 | 0 | 0 |
| 16 | 2024-04 | 0 | 0 |
| 17 | 2024-05 | 0 | 0 |
| 18 | 2024-06 | 1 | 1 |
| 19 | 2024-07 | 0 | 0 |
| 20 | 2024-08 | 0 | 1 |
| 21 | 2024-09 | 0 | 2 |
| 22 | 2024-10 | 0 | 20 |
| 23 | 2024-11 | 0 | 3 |
| 24 | 2024-12 | 0 | 1 |
Fecha de última actualización: 2026/01/20