Registro de novedades extemporáneas

Tramite orientado a permitir al empleador ingresar novedades extemporáneas que afectan al trabajador pasado 45 días en el sistema de historia laboral del IESS.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son los empleadores adscritos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acceden a los servicios del registro de novedades extemporáneas. Para mayor información consulte nuestra página web: www.iess.gob.ec.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Aprobación de novedades extemporáneas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Clave de empleador.
  2. Cédula de identidad o ciudadanía.
  3. Solicitud de registro de novedades extemporáneas.
  4. Documento complementario para el registro de novedades extemporáneas.

Requisitos Especiales:

Requisito alternativo:

  1. Código de identificación para extranjeros: Aplica únicamente para ciudadanos extranjeros que no tienen cédula de identidad, siempre y cuando se encuentren registrados o afiliados en el IESS.

Requisito adicional:

  1. Autorización a terceros.

¿Cómo hago el trámite?

Trámite inicia en Portal Web y es ingresado por ventanilla de Gestión Documental: Trámite que inicia en el Portal Web, continúa de forma presencial ingresando requisitos por el Sistema de Gestión Documental Quipux en las Ventanillas de los Centros de Atención al Ciudadano y es direccionado a las Coordinaciones Provinciales o Direcciones Nacionales para su atención.

PROCEDIMIENTO:

A. REGISTRO VIRTUAL DE LA NOVEDAD:

1. Ingrese al portal https://www.iess.gob.ec, dé clic en el ícono ‘Trámites Virtuales’, dé clic en la opción ‘Empleadores’, seleccione ‘Aviso de entrada y salida’. Link: https://www.iess.gob.ec/empleador-web/pages/principal.jsf

2. Ingrese su cédula de identidad o ciudadanía, o código de identificación para extranjero y clave de empleador.

3. Seleccione la opción ‘Registro de novedades’.

4. Seleccione ‘Agregar’ y escoja ‘Enviar lista’

5. Seleccione ‘Relación Trabajo, Actividad Sectorial, Denominación, Sueldo, y dé clic en ‘Enviar Aviso'. 

NOTA: Seleccione ‘Registro de novedades’ para registrar otro tipo de opciones tales como: Aviso de cambio de relación de trabajo o actividad sectorial, aviso de licencias sin remuneración Mat/Pat para el cuidado de los hijos, aviso de nuevo sueldo, aviso de salida, modificación de número de días, planilla de diferencias y retroactivas (solo sector público), variación de sueldo por extras; y, registrar la novedad.

B. ENTREGA DE REQUISITOS:

1. Posteriormente para culminar el trámite “Registro de novedades extemporáneas”, NO requiere generar un turno en línea, deberá acercase de manera presencial a cualquier Centro de Atención Universal a nivel nacional, a través de nuestras ventanillas de Gestión Documental, adjuntando los requisitos.

2. Presente su documento de identidad: cédula de identidad o ciudadanía, o código de identificación para extranjero, para ciudadanía extranjeros registrados en el IESS.

3. Entregue la solicitud de registro de novedades extemporáneas, dirigida al IESS, la cual contará con la siguiente información:       

- Datos del empleador: (Nombres y apellidos/Número de cédula de identidad o código de identificación para extranjeros.
- Datos del afiliado: (Nombres y apellidos/Número de cédula de identidad o código de identificación para extranjeros
- Ruc, sucursal, razón social
- Petición expuesta con claridad
- Nro. de novedad
- Correo electrónico, dirección y teléfono del solicitante
- Firma del solicitante. La suscripción del documento de forma manuscrita es imprescindible.

4. Entregue el documento complementario para el registro de novedades extemporáneas (puede ser uno o varios de los siguientes documentos):

  • Sentencias ejecutoriadas emitidas por Autoridad competente.
  • Resolución emitida por el Ministerio de Trabajo en firme.
  • Roles de pago en los que exista evidencia que hayan sido elaborados por el empleador o el área responsable.
  • Contrato de trabajo registrado en el Ministerio de Trabajo.
  • Declaración del impuesto a la renta.
  • Reporte de pago de décimos tercero o cuarto sueldos, registrados en los mecanismos determinados por el Ministerio de Trabajo.
  • Certificado laboral suscritos por el empleador, representante legal o el responsable de talento humano.
  • Actas de finiquito debidamente registradas conforme lo determine el Ministerio del Trabajo.
  • Registros de asistencias con firmas de responsabilidad del empleador o de su representante.
  • Nombramientos, acciones de personal, emitidos por el empleador.

5. Si el trámite es presentado por un tercero, entregar una autorización simple firmada de manera manuscrita por el empleador que contenga:

- Nombres y apellidos completos del empleador.
- Número de identidad del empleador (1. cédula de identidad, o 2. código de identificación de extranjero y pasaporte o visa).
- Nombres y apellidos completos del tercero autorizado
- Número de documento de identidad del tercero autorizado.
- Narración de la autorización.
- Firma.

Además, el tercero autorizado debe presentar el original de su documento de identidad y el original o copia del documento de identidad del empleador.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Centros de Atención a nivel nacional, de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas.

Virtual: 24 horas.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención al Ciudadano

Email: atencionalusuario@iess.gob.ec

Teléfono: 593 23945666

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 885
2 2026-02 0 650
3 2026-03 1 860
4 2025-01 0 737
5 2025-02 1 467
6 2025-03 0 566
7 2025-04 0 900
8 2025-05 0 859
9 2025-06 0 1049
10 2025-07 0 331
11 2025-08 0 1411
12 2025-09 0 448
13 2025-10 0 514
14 2025-11 0 300
15 2025-12 0 569
16 2024-01 0 210
17 2024-02 0 958
18 2024-03 1 874
19 2024-04 0 459
20 2024-05 1 1305
21 2024-06 0 876
22 2024-07 1 464
23 2024-08 0 593
24 2024-09 0 438
25 2024-10 0 610
26 2024-11 0 425
27 2024-12 0 751
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/07/31

Contenido

¿Te sirvió el contenido?