Tramite orientado a permitir al empleador ingresar novedades extemporáneas que afectan al trabajador pasado 45 días en el sistema de historia laboral del IESS.
Los beneficiarios de este trámite son los empleadores adscritos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acceden a los servicios del registro de novedades extemporáneas. Para mayor información consulte nuestra página web: www.iess.gob.ec.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Aprobación de novedades extemporáneas
Requisito alternativo:
Requisito adicional:
Trámite inicia en Portal Web y es ingresado por ventanilla de Gestión Documental: Trámite que inicia en el Portal Web, continúa de forma presencial ingresando requisitos por el Sistema de Gestión Documental Quipux en las Ventanillas de los Centros de Atención al Ciudadano y es direccionado a las Coordinaciones Provinciales o Direcciones Nacionales para su atención.
PROCEDIMIENTO:
A. REGISTRO VIRTUAL DE LA NOVEDAD:
1. Ingrese al portal https://www.iess.gob.ec, dé clic en el ícono ‘Trámites Virtuales’, dé clic en la opción ‘Empleadores’, seleccione ‘Aviso de entrada y salida’. Link: https://www.iess.gob.ec/empleador-web/pages/principal.jsf
2. Ingrese su cédula de identidad o ciudadanía, o código de identificación para extranjero y clave de empleador.
3. Seleccione la opción ‘Registro de novedades’.
4. Seleccione ‘Agregar’ y escoja ‘Enviar lista’
5. Seleccione ‘Relación Trabajo, Actividad Sectorial, Denominación, Sueldo, y dé clic en ‘Enviar Aviso'.
NOTA: Seleccione ‘Registro de novedades’ para registrar otro tipo de opciones tales como: Aviso de cambio de relación de trabajo o actividad sectorial, aviso de licencias sin remuneración Mat/Pat para el cuidado de los hijos, aviso de nuevo sueldo, aviso de salida, modificación de número de días, planilla de diferencias y retroactivas (solo sector público), variación de sueldo por extras; y, registrar la novedad.
B. ENTREGA DE REQUISITOS:
1. Posteriormente para culminar el trámite “Registro de novedades extemporáneas”, NO requiere generar un turno en línea, deberá acercase de manera presencial a cualquier Centro de Atención Universal a nivel nacional, a través de nuestras ventanillas de Gestión Documental, adjuntando los requisitos.
2. Presente su documento de identidad: cédula de identidad o ciudadanía, o código de identificación para extranjero, para ciudadanía extranjeros registrados en el IESS.
3. Entregue la solicitud de registro de novedades extemporáneas, dirigida al IESS, la cual contará con la siguiente información:
- Datos del empleador: (Nombres y apellidos/Número de cédula de identidad o código de identificación para extranjeros.
- Datos del afiliado: (Nombres y apellidos/Número de cédula de identidad o código de identificación para extranjeros
- Ruc, sucursal, razón social
- Petición expuesta con claridad
- Nro. de novedad
- Correo electrónico, dirección y teléfono del solicitante
- Firma del solicitante. La suscripción del documento de forma manuscrita es imprescindible.
4. Entregue el documento complementario para el registro de novedades extemporáneas (puede ser uno o varios de los siguientes documentos):
5. Si el trámite es presentado por un tercero, entregar una autorización simple firmada de manera manuscrita por el empleador que contenga:
- Nombres y apellidos completos del empleador.
- Número de identidad del empleador (1. cédula de identidad, o 2. código de identificación de extranjero y pasaporte o visa).
- Nombres y apellidos completos del tercero autorizado
- Número de documento de identidad del tercero autorizado.
- Narración de la autorización.
- Firma.
Además, el tercero autorizado debe presentar el original de su documento de identidad y el original o copia del documento de identidad del empleador.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
Centros de Atención a nivel nacional, de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas.
Virtual: 24 horas.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 885 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 650 |
| 3 | 2026-03 | 1 | 860 |
| 4 | 2025-01 | 0 | 737 |
| 5 | 2025-02 | 1 | 467 |
| 6 | 2025-03 | 0 | 566 |
| 7 | 2025-04 | 0 | 900 |
| 8 | 2025-05 | 0 | 859 |
| 9 | 2025-06 | 0 | 1049 |
| 10 | 2025-07 | 0 | 331 |
| 11 | 2025-08 | 0 | 1411 |
| 12 | 2025-09 | 0 | 448 |
| 13 | 2025-10 | 0 | 514 |
| 14 | 2025-11 | 0 | 300 |
| 15 | 2025-12 | 0 | 569 |
| 16 | 2024-01 | 0 | 210 |
| 17 | 2024-02 | 0 | 958 |
| 18 | 2024-03 | 1 | 874 |
| 19 | 2024-04 | 0 | 459 |
| 20 | 2024-05 | 1 | 1305 |
| 21 | 2024-06 | 0 | 876 |
| 22 | 2024-07 | 1 | 464 |
| 23 | 2024-08 | 0 | 593 |
| 24 | 2024-09 | 0 | 438 |
| 25 | 2024-10 | 0 | 610 |
| 26 | 2024-11 | 0 | 425 |
| 27 | 2024-12 | 0 | 751 |
Fecha de última actualización: 2024/07/31