Cruce de Fondos de cesantía para cancelar o abonar obligaciones patronales pendientes

Cruce de Fondos de cesantía para cancelar o abonar obligaciones patronales pendientes

Trámite orientado a permitir al afiliado - empleador pagar las obligaciones patronales con los fondos de cesantía, a través de la página web institucional, www.iess.gob.ec

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son los afiliados / jubilados adscritos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acceden a los servicios de Fondos de Cesantía. Para mayor información consulte nuestra página web: www.iess.gob.ec.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Cruce de cuentas entre cesantía y mora patronal

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Trámite virtual: Trámite que se realiza totalmente en el portal web del IESS y su proceso de respuesta es automático.

Requisitos:

  1. Clave de acceso al portal IESS: Obtenga previamente la clave de usuario, digite el número de identificación en el aplicativo de cesantía, de tal manera que genere o consulte la solicitud.
  2. Cédula de identidad: Ingrese al aplicativo del seguro especializado opción "Cesantía", para solicitar el cruce de sus fondos.

Requisitos Especiales:

Requisito Alternativo:

  1. Código de identificación para extranjeros, aplica para ciudadanos extranjeros que no tienen cédula de identidad, siempre y cuando se encuentren registrados o afiliados en el IESS.
  • Registre el código de identificación para extranjeros en la página del IESS, www.iess.gob.ec, documento otorgado por el IESS en los Centros de Atención Universal.

¿Cómo hago el trámite?

Trámite virtual

IMPORTANTE:

Para realizar la solicitud del Cruce de Fondos de Cesantía, con el objetivo de cancelar  o abonar  Obligaciones Patronales Pendientes debe considerar las siguientes condiciones:

a. Mantener registrada una cuenta bancaria en historia laboral.

b. Cumplir con las aportaciones necesarias (24 no simultáneas).

c. Haber cumplido 60 días de estar cesante o encontrarse jubilado.

d. No tener préstamos quirografarios vigentes.

e. Tener mora patronal.

INDICACIONES:

  1. Ingrese al portal https://www.iess.gob.ec, dé clic en el ícono ‘Trámites Virtuales’, seleccione ‘Afi­liados’, dé clic en la opción ‘Cesantía’; o, a su vez, dé clic en el botón denominado "Ir al trámite en línea" ubicado en la parte inferior de esta pantalla.
  2. Ingrese su número de cédula y clave.
  3. Seleccione ‘Devolución del Fondo de Cesantía’ del menú ubicado en la izquierda de la pantalla y seleccione la opción ‘Cruce Obligaciones Patronales’; y, si cumple con los requisitos, automáticamente el sistema le permitirá registrar la solicitud.
  4. Dé clic en ‘Continuar’ hasta que finalice el proceso; y, se desplegará el mensaje ‘Transacción exitosa’.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Virtual: 24 horas

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención al Ciudadano

Email: atencionalusuario@iess.gob.ec

Teléfono: 593 23945666

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 284
2 2025-02 0 355
3 2025-03 0 299
4 2025-04 0 249
5 2025-05 0 231
6 2025-06 0 285
7 2025-07 0 193
8 2025-08 0 134
9 2025-09 0 128
10 2025-10 1 239
11 2025-11 0 210
12 2025-12 0 164
13 2024-01 0 112
14 2024-02 1 26
15 2024-03 0 89
16 2024-04 0 40
17 2024-05 1 16
18 2024-06 0 275
19 2024-07 0 15
20 2024-08 0 8
21 2024-09 0 17
22 2024-10 0 28
23 2024-11 0 31
24 2024-12 0 8
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/11/18

Contenido

¿Te sirvió el contenido?