Trámite orientado al análisis de procedencia o no de anulación de títulos de crédito, generados en contra de una razón social, por motivo de error evidente de conformidad, inexistencia de la obligación y por resoluciones y/o acuerdos dictados por los Órganos de Reclamación Administrativa del IESS, de conformidad con la normativa vigente.
Los beneficiarios de este trámite son los empleadores y contratantes de seguro del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acceden a los servicios de cartera. Para mayor información consulte nuestra página web: www.iess.gob.ec.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Anulación de Título de Crédito
Oficio (acta) de notificación de la anulación de título(s) de crédito.
Requisito alternativo
Para la atención de este trámite, el solicitante podrá elegir una de las siguientes modalidades:
MODALIDAD VIRTUAL:
1. Ingresar al portal https://www.iess.gob.ec, escoja la opción ‘Trámites virtuales’, seleccione el ícono ‘Ventanilla virtual’, a continuación se desplegará el formulario de ‘Recepción de trámites’.
2. Ingresar el número de cédula o código de identificación para extranjero del solicitante y elija la PROVINCIA de nacimiento, ingrese el SECTOR, en CATEGORÍA seleccione Trámite y en REQUERIMIENTO seleccione "Solicitud de anulación de título de crédito", ingrese los requisitos y en el campo MENSAJE detalle su requerimiento.
3. Cargar los requisitos solicitados:
- Documento de identidad del solicitante: Cédula de identidad o ciudadanía; o pasaporte vigente (para extranjeros sin cédula de identidad o ciudadanía)
- Solicitud de anulación de título de crédito, debidamente llena y suscrita (firma manuscrita o electrónica).
NOTA: Para obtener el formulario de solicitud, ingresar al portal web del IESS (www.iess.gob.ec); seleccionar la opción “Trámites virtuales”, luego “Formularios” y, en la sección Dirección Nacional de Recaudación y Gestión de Cartera, dar clic en “Anulación del Título de Crédito”.
- Documento habilitante para la Solicitud de Anulación del Título de Crédito, conforme a las siguientes causales:
4. Si el ingreso del trámite es exitoso, el sistema generará un número de trámite que le llegará al correo electrónico registrado.
MODALIDAD PRESENCIAL:
1. Acudir a un Centro de Atención Universal del IESS que cuente con ventanilla de Gestión Documental.
2. Presentar los requisitos del trámite:
- Documento de identidad original del solicitante: Cédula de identidad o ciudadanía; o pasaporte vigente (para extranjeros sin cédula de identidad o ciudadanía)
- Solicitud de anulación de título de crédito, debidamente llena y suscrita (firma manuscrita).
NOTA: Para obtener el formulario de solicitud, ingresar al portal web del IESS (www.iess.gob.ec); seleccionar la opción “Trámites virtuales”, luego “Formularios” y, en la sección Dirección Nacional de Recaudación y Gestión de Cartera, dar clic en “Anulación del Título de Crédito”.
- Original o copia certificada del documento habilitante para la Solicitud de Anulación del Título de Crédito, conforme a las siguientes causales:
3. Una vez entregada la documentación, recibir y conservar el comprobante de ingreso del trámite para seguimiento.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
Modalidad Presencial:
Centros de Atención Universal a nivel nacional, de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas.
Modalidad Virtual:
Portal web 24 horas
De la anulación de Títulos de Crédito. - los títulos de crédito podrán ser anulados por las siguientes razones:
a) Por error evidente de conformidad a lo previsto en el Artículo 187 del presente Reglamento;
b) Por inexistencia de la obligación principal comprobada fehacientemente por la parte interesada mediante documentos públicos debidamente legalizados ante Autoridad Competente; y,
c) Por Resoluciones y/o Acuerdos dictados por los Órganos de Reclamación Administrativa del IESS que declaren la inexistencia de la obligación principal y que en sus antecedentes guarden estrecha relación con el título de crédito considerado para anulación.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 447 |
| 2 | 2026-02 | 1 | 600 |
| 3 | 2026-03 | 2 | 1230 |
| 4 | 2026-04 | 1 | 454 |
| 5 | 2025-01 | 1 | 664 |
| 6 | 2025-02 | 0 | 799 |
| 7 | 2025-03 | 0 | 529 |
| 8 | 2025-04 | 0 | 702 |
| 9 | 2025-05 | 1 | 661 |
| 10 | 2025-06 | 1 | 402 |
| 11 | 2025-07 | 1 | 292 |
| 12 | 2025-08 | 1 | 509 |
| 13 | 2025-09 | 1 | 579 |
| 14 | 2025-10 | 0 | 384 |
| 15 | 2025-11 | 1 | 377 |
| 16 | 2025-12 | 0 | 340 |
| 17 | 2024-01 | 1 | 266 |
| 18 | 2024-02 | 0 | 289 |
| 19 | 2024-03 | 0 | 237 |
| 20 | 2024-04 | 1 | 365 |
| 21 | 2024-05 | 0 | 5533 |
| 22 | 2024-06 | 0 | 1126 |
| 23 | 2024-07 | 0 | 742 |
| 24 | 2024-08 | 0 | 1296 |
| 25 | 2024-09 | 0 | 1425 |
| 26 | 2024-10 | 0 | 722 |
| 27 | 2024-11 | 0 | 848 |
| 28 | 2024-12 | 0 | 553 |
Fecha de última actualización: 2024/10/10