Este trámite sirve para obtener el asesoramiento en Plan de Negocio Solidario en beneficio de las organizaciones conformadas en los Sectores Comunitarios, Asociativos y Cooperativistas, así como también las Unidades Económicas Populares. Una vez concluido el trámite este documento de Plan de Negocio servirá para procesos de cofinanciamiento y financiamiento que el usuario desea aplicar.
Sectores Comunitarios: Es el conjunto de organizaciones, vinculadas por relaciones de territorio, familiares, identidades étnicas, culturales, de género, de cuidado de la naturaleza, urbanas o rurales; o, de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades que, mediante el trabajo conjunto, tienen por objeto la producción, comercialización, distribución y el consumo de bienes o servicios lícitos y socialmente necesarios, en forma solidaria y auto gestionada.
Asociativos: Es el conjunto de asociaciones constituidas por personas naturales con actividades económicas productivas similares o complementarias, con el objeto de producir, comercializar y consumir bienes y servicios lícitos y socialmente necesarios, auto abastecerse de materia prima, insumos, herramientas, tecnología, equipos y otros bienes, o comercializar su producción en forma solidaria y auto gestionada.
Cooperativistas: Es el conjunto de cooperativas entendidas como sociedades de personas que se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales en común, mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática, con personalidad jurídica de derecho privado e interés social.
Personas naturales ecuatorianas: Son todas las personas nacidas en el territorio ecuatoriano que realizan actividades económicas lícitas en el país.
Unidades Económicas Populares.- Son Unidades Económicas Populares: las que se dedican a la economía del cuidado, los emprendimientos unipersonales, familiares, domésticos, comerciantes minoristas y talleres artesanales; que realizan actividades económicas de producción, comercialización de bienes y prestación de servicios que serán promovidas fomentando la asociación y la solidaridad. Se considerarán también en su caso, el sistema organizativo, asociativo promovido por los ecuatorianos en el exterior con sus familiares en el territorio nacional y con los ecuatorianos retornados, así como de los inmigrantes extranjeros, cuando el fin de dichas organizaciones genere trabajo y empleo entre sus integrantes en el territorio nacional.
Las personas responsables de la Economía del Cuidado.- Se refiere a las personas naturales que realizan exclusivamente actividades para la reproducción y sostenimiento de la vida de las personas, con relación a la preparación de alimentos, de cuidado humano y otros.
Emprendimientos unipersonales, familiares y domésticos.- Son personas o grupos de personas que realizan actividades económicas de producción, comercialización de bienes o prestación de servicios en pequeña escala efectuadas por trabajadores autónomos o pequeños núcleos familiares, organizadas como sociedades de hecho con el objeto de satisfacer necesidades, a partir de la generación de ingresos e intercambio de bienes y servicios. Para ello generan trabajo y empleo entre sus integrantes.
Comerciantes minoristas.- Es comerciante minorista la persona natural, que de forma autónoma, desarrolle un pequeño negocio de provisión de artículos y bienes de uso o de consumo y prestación de servicios, siempre que no exceda los límites de dependientes asalariados, capital, activos y ventas, que serán fijados anualmente por la Superintendencia.
Artesanos.- Es artesano el trabajador manual, maestro de taller o artesano autónomo que desarrolla su actividad y trabajo personalmente. En caso de ser propietario de un taller legalmente reconocido, no excederá los límites de operarios, trabajo, maquinarias, materias primas y ventas, que serán fijados anualmente por la Superintendencia.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Plan de Negocio Elaborado
1.- Formulario digital/presencial para asesoría en plan de negocio solidario
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
El horario de Atención para nuestros usuarios es de lunes a viernes de 8h00 a 16h30, en la oficina Matriz y las siguientes Direcciones Zonales:
Nombre | Dirección | Teléfono | Código Postal |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Oficina Matriz | Av. Quitumbe Ñan y Amaru Ñan, Plataforma de Desarrollo Social. Piso 6 | + (593) 02 3828070/71/72/73/74/75 | 170146 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 1 | Ibarra: Calles Juan de Velasco y Sanchez y Cifuentes. Edif. La Previsora, 7mo piso | + (593) 06 2951623 / 062951992 | 100105 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 2 | El Tena. Calles Colonso 320 y Adelmo Rodríguez Barrio El Terere. | + (593) 06 2301463 | 220201 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 3 | Ambato: Av. Los Guaytambos y Las Delicias dentro del CC El Caracol primera planta of 9,10,11,13,14,15,16 Sector Ficoa - Atocha | + (593) 03 2426477/ 032425316 | 180108 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 4 | Portoviejo: Centro de Atención ciudadana Portoviejo, Av. 15 de Abril y Calle Los Nardos Atrás del ECU 911 | + (593) 0981029052 | 130106 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 5 | Babahoyo: Ciudadela El Mamey, Calles Malecón y Tiwintza | + (593) 05 2745583 | 120102 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 6 | Cuenca: Pedro Córdova y Gral. Escandón Parroquia San Joaquín | + (593) 07-177364/343/345/203 | 010207 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 7 | Loja: Av. Pio Jaramillo Alvarado y Juan De Zenea, frente al Parque Lineal La Tebaida Edf Ex Ceprodis | + (593) 072 546866 / 072 546958 | 110111 |
IEPS Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria - Zona 8 | Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Justino Cornejo. Edif Gobierno zonal, 1er piso | + (593) 04 3714780 | + (593) 04 3714780 |
Contacto: Dirección de Productividad y Calidad
Email: productividadycalidad@ieps.gob.ec
Teléfono: 023828070 ext. 100
Art. 283 .- El sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir.
El sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución determine. La economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e incluirá a los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios.
Art. 132.- Medidas de fomento.- El Estado establecerá las siguientes medidas de fomento a favor de las personas y organizaciones amparadas por esta Ley:
Art. 133.- Gobiernos Autónomos Descentralizados.- Los gobiernos autónomos descentralizados, en ejercicio concurrente de la competencia de fomento de la economía popular y solidaria establecida en la respectiva Ley, incluirán en su planificación y presupuestos anuales la ejecución de programas y proyectos socioeconómicos como apoyo para el fomento y fortalecimiento de las personas y organizaciones amparadas por esta Ley, e impulsarán acciones para la protección y desarrollo del comerciante minorista a través de la creación, ampliación, mejoramiento y administración de centros de acopio de productos, centros de distribución, comercialización, pasajes comerciales, recintos feriales y mercados u otros.
Art. 137.- Medidas de promoción.- El Estado establecerá las siguientes medidas de promoción a favor de las personas y organizaciones amparadas por esta Ley:
Art. 138.- Políticas.- El Estado diseñará políticas de fomento tendientes a promover la producción de bienes y servicios y conductas sociales y económicas responsables de las personas y organizaciones amparadas por esta Ley y podrá otorgar tratamientos diferenciados, en calidad de incentivos, a favor de las actividades productivas, los que serán otorgados en función de sectores, ubicación geográfica u otros parámetros, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento.
Art. 8.- Formas de Organización.- Para efectos de la presente Ley, integran la Economía Popular y Solidaria las organizaciones conformadas en los Sectores Comunitarios, Asociativos y Cooperativistas, así como también las Unidades Económicas Populares.
Articulo No. 10 literal 1.2.1.2. Misión de Productividad y Calidad: Promover, acompañar y desarrollar encadenamientos productivos en coordinación con instituciones público - privadas para desarrollar proyectos de inversión a favor de los actores de la Economía Popular y Solidaria y generar valorar agregado a sus bienes y servicios.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 2 |
3 | 2025-03 | 0 | 31 |
4 | 2025-04 | 0 | 0 |
5 | 2025-05 | 0 | 6 |
6 | 2025-06 | 0 | 46 |
7 | 2025-07 | 0 | 6 |
8 | 2025-08 | 0 | 5 |
9 | 2025-09 | 0 | 32 |
10 | 2024-01 | 0 | 6 |
11 | 2024-02 | 0 | 4 |
12 | 2024-03 | 0 | 22 |
13 | 2024-04 | 0 | 1 |
14 | 2024-05 | 0 | 6 |
15 | 2024-06 | 0 | 44 |
16 | 2024-07 | 0 | 5 |
17 | 2024-08 | 0 | 8 |
18 | 2024-09 | 0 | 45 |
19 | 2024-10 | 0 | 1 |
20 | 2024-11 | 0 | 1 |
21 | 2024-12 | 0 | 38 |
22 | 2023-01 | 0 | 2 |
23 | 2023-02 | 0 | 2 |
24 | 2023-03 | 0 | 23 |
25 | 2023-04 | 0 | 5 |
26 | 2023-05 | 0 | 4 |
27 | 2023-06 | 0 | 36 |
28 | 2023-07 | 0 | 5 |
29 | 2023-08 | 0 | 9 |
30 | 2023-09 | 0 | 40 |
31 | 2023-10 | 0 | 1 |
32 | 2023-11 | 0 | 7 |
33 | 2023-12 | 0 | 31 |
34 | 2022-01 | 0 | 1 |
35 | 2022-02 | 0 | 0 |
36 | 2022-03 | 0 | 17 |
37 | 2022-04 | 0 | 1 |
38 | 2022-05 | 0 | 4 |
39 | 2022-06 | 0 | 26 |
40 | 2022-07 | 0 | 1 |
41 | 2022-08 | 0 | 9 |
42 | 2022-09 | 0 | 39 |
43 | 2022-10 | 0 | 4 |
44 | 2022-11 | 0 | 8 |
45 | 2022-12 | 0 | 24 |
46 | 2021-01 | 0 | 0 |
47 | 2021-02 | 0 | 2 |
48 | 2021-03 | 0 | 3 |
49 | 2021-04 | 0 | 7 |
50 | 2021-05 | 0 | 0 |
51 | 2021-06 | 0 | 12 |
52 | 2021-07 | 0 | 3 |
53 | 2021-08 | 0 | 8 |
54 | 2021-09 | 0 | 3 |
55 | 2021-10 | 0 | 3 |
56 | 2021-11 | 0 | 2 |
57 | 2021-12 | 0 | 4 |
58 | 2020-01 | 0 | 3 |
59 | 2020-02 | 0 | 14 |
60 | 2020-03 | 0 | 22 |
61 | 2020-04 | 0 | 5 |
62 | 2020-05 | 0 | 3 |
63 | 2020-06 | 0 | 22 |
64 | 2020-07 | 0 | 8 |
65 | 2020-08 | 0 | 3 |
66 | 2020-09 | 0 | 23 |
67 | 2020-10 | 0 | 6 |
68 | 2020-11 | 0 | 1 |
69 | 2020-12 | 0 | 30 |
70 | 2019-01 | 0 | 2 |
71 | 2019-02 | 0 | 0 |
72 | 2019-03 | 0 | 18 |
73 | 2019-04 | 0 | 17 |
74 | 2019-05 | 0 | 13 |
75 | 2019-06 | 0 | 28 |
76 | 2019-07 | 0 | 14 |
77 | 2019-08 | 0 | 10 |
78 | 2019-09 | 0 | 14 |
79 | 2019-10 | 0 | 15 |
80 | 2019-11 | 0 | 8 |
81 | 2019-12 | 0 | 10 |
Fecha de última actualización: 2025/10/08