Certificado de Origen Nacional de Obras Cinematográficas  y Audiovisuales

La certificación de origen nacional de obras cinematográficas y audiovisuales es el documento oficial emitido por la Dirección de Fortalecimiento Cinematográfico y Audiovisual del ICCA, mediante el cual se acredita que una obra cinematográfica o audiovisual es de procedencia ecuatoriana.

Para fines de emisión del certificado de origen nacional de obras cinematográficas y audiovisuales, se clasificarán las obras cinematográficas o audiovisuales en obras de ficción, documental y animación.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas que hayan realizado proyectos y/o obras cinematográficas y audiovisuales; público en general y sector cinematográfico que solicite la clasificación de obras para exhibición.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado de Origen Nacional de Obras Cinematográficas y Audiovisuales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos generales: Toda solicitud debe adjuntar los siguientes requisitos generales:


a. Formulario de Solicitud de certificación de Origen Nacional debidamente suscrito por quien ostenta la titularidad de la obra. 
b. En el caso de personas jurídicas, copia del RUC y nombramiento del representante legal. 
c. Copia a color del registro de la obra emitido por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI). 
d. Copia íntegra de la obra, en físico o enlace de visualización, con clave de seguridad. 
e. En caso que el equipo se encuentre integrado por personas extranjeras legalmente residentes en el Ecuador, deberán presentar copia certificada en notaría de la visa de residencia.  

 

Requisitos para Obras cinematográficas y audiovisuales de animación:


1. Que sea producida por personas jurídicas o naturales de nacionalidad ecuatoriana. Se incluye personas naturales extranjeras legalmente residentes en el Ecuador. 
2. Que al menos cuente con el siguiente personal artístico ecuatoriano o extranjero, residente en el país:

 

a) Director y cinco (5) personas que hayan desempeñado los siguientes oficios: 


1. Autor del guion o adaptador. 
2. Autor de la música original. 
3. Un Director de animación. 
4. Dibujante de story-board. 
5. Diseñador de personajes. 
6. Diseñador de escenarios. 
7. Diseñador de layouts. 
8. Director de arte. 
9. Diseñador de sonido.

 

b) Si el director de la película no tiene nacionalidad ecuatoriana, la producción deberá contar con al menos seis (6) personas que hayan desempeñado los siguientes oficios:  


1. Autor del guion o adaptador. 
2. Autor de la música original. 
3. Un director de animación. 
4. Director de Arte. 
5. Dibujante de story-board. 
6. Diseñador de personajes.
7. Diseñador de escenarios. 
8. Diseñador de layouts. 
9. Diseñador de sonido.

 

c) Contar con al menos seis (6) personas del equipo técnico de nacionalidad ecuatoriana o extranjeros legalmente residentes en el Ecuador, que hayan desempeñado los siguientes oficios:  


1. Asistente de animación. 
2. Operario de composición. 
3. Director técnico. 
4. Coordinador de pipeline. 
5. Artista 2D o 3D. 
6. Asistente de dirección. 
7. Ilustrador. 
8. Constructor (muñecos escenarios). 
9. Programador. 
10. Grabador de diálogos, o grabador de artista de Foley. 
11. Mezclador de sonido. 
12. Actor de voz de personaje principal. 
13. Editor de sonido. 
14. Montajista de sonido. 

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

1. Solicitud presentada con los documentos habilitantes en ventanilla única o a través de la plataforma electrónica habilitada para el efecto. 
2. La Dirección de Fortalecimiento Cinematográfico y Audiovisual verificará la integridad de la documentación y elaborará, en el término de 5 días, un informe técnico-jurídico sobre el cumplimiento de requisitos. 
3. En caso que la documentación adjunta a la solicitud resultare incompleta, la Dirección de Fortalecimiento Cinematográfico y Audiovisual dispondrá al peticionario completar la documentación, otorgándole el término de cinco (5) días. Cumplido este término, y sin que el solicitante complete la documentación, se tendrá por desistida su petición y se ordenará el archivo de la misma, sin perjuicio que pueda presentar una nueva solicitud en el futuro. 

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Av. Colón E5-34 y Juan León Mera

Edificio Viceministerio de Cultura y Patrimonio

Lunes a viernes 8:00 - 17:00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Fortalecimiento Cinematográfico y Audiovisuales

Email: servicios@cineyaudiovisual.gob.ec

Teléfono: 022973510

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 0
2 2025-02 0 0
3 2025-03 0 0
4 2025-04 0 1
5 2025-05 0 0
6 2025-06 0 0
7 2024-01 0 0
8 2024-02 0 1
9 2024-03 0 1
10 2024-04 0 0
11 2024-05 0 0
12 2024-06 0 0
13 2024-08 0 1
14 2024-09 0 0
15 2024-10 0 0
16 2024-11 0 0
17 2024-12 0 0
18 2020-01 0 0
19 2020-02 0 0
20 2020-03 0 0
21 2020-04 0 0
22 2020-05 0 1
23 2019-01 0 0
24 2019-02 0 0
25 2019-03 0 0
26 2019-04 0 2
27 2019-05 0 0
28 2019-06 0 0
29 2019-07 0 1
30 2019-08 0 1
31 2019-09 0 1
32 2019-10 0 0
33 2019-11 0 0
34 2019-12 0 1
35 2018-12 0 4
36 2017-12 0 3
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Fecha de última actualización: 2025/07/31

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