Certificado de Origen Nacional Independiente de Obras Cinematográficas y Audiovisuales

Certificado de Origen Nacional Independiente de Obras Cinematográficas y Audiovisuales

La certificación de origen nacional independiente de obras cinematográficas y audiovisuales es el documento oficial emitido por la Dirección de Fortalecimiento Cinematográfico y Audiovisual del ICCA, mediante el cual se acredita que una obra cumple con los requisitos de producción nacional y, adicionalmente, con los criterios de independencia económica, conforme lo establecido en la Ley Orgánica de Comunicación.

Para el reconocimiento del origen nacional independiente de las obras o proyectos cinematográficos o audiovisuales, se aplicarán las siguientes consideraciones generales:


a. La coproducción con otros países se rige por los acuerdos suscritos por Ecuador y las condiciones y los criterios existentes en ellos. 

b. Los proyectos en coproducción en el marco del Acuerdo Iberoamericano de Coproducción Cinematográfica, estarán sujetos a las condiciones y criterios establecidos por dicho Acuerdo.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas que hayan realizado proyectos y/o obras cinematográficas y audiovisuales; público en general y sector cinematográfico que solicite la clasificación de obras para exhibición.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado de Origen Nacional Independiente de Obras Cinematográficas y Audiovisuales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para proyectos cinematográficos y/o audiovisuales:


a. Formulario de Solicitud de certificación de Origen Nacional Independiente. 
b. Contrato de cesión de derechos de autor sobre la obra (guion). 
c. Copia a color del registro del guion emitido por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) o, documento que certifique la titularidad de la obra en el país de origen, debidamente certificada. 
d. En caso que el solicitante sea persona jurídica, copia del nombramiento del representante legal debidamente inscrito en el Registro Mercantil del cantón correspondiente o, en su defecto, el documento que acredite la representación legal de la persona jurídica, debidamente 
certificada.
e. En caso de coproducciones, copia del contrato/s de coproducción. 
f. En el caso de personas extranjeras residentes en el Ecuador, deberá adjuntarse copia certificada, ante notario público, de la visa de residencia. 
g. Plan de financiamiento donde se indique el origen del financiamiento y los porcentajes, en caso de que aplique. 
h. Declaración juramentada realizada ante notario público por medio del cual el solicitante declare que no está incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 101 de la Ley Orgánica de Comunicación y otras normas aplicables que regulan la vinculación societaria y/o
filial en medios de comunicación para la producción cinematográfica y audiovisual.

Requisitos para obras cinematográficas terminadas:


a. Formulario de Solicitud de certificación de Origen Nacional Independiente debidamente suscrito por quien ostente los derechos de autor de la obra audiovisual o cinematográfica. 
b. En el caso que el solicitante sea persona jurídica, copia del nombramiento del representante legal debidamente inscrito en el Registro Mercantil del cantón correspondiente. 
c. En el caso de personas jurídicas, nómina actualizada de socios y accionistas o miembros de la persona jurídica, otorgado por la autoridad competente. 
d. Copia del Registro Único de Contribuyentes, en el que conste una actividad relacionada con la producción audiovisual o cinematográfica. 
e. Copia a color del certificado de registro de la obra cinematográfica emitido por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) o, documento que certifique la titularidad de la obra en el país de origen, debidamente certificada. 
f. En el caso de personas extranjeras residentes en el Ecuador, deberá adjuntarse copia certificada ante notario público, de la visa de residencia. 
g. Link de visualización de la obra. 
h. Plan de financiamiento donde se indique el origen del financiamiento y los porcentajes, en caso de que aplique. 
i. Declaración juramentada realizada ante notario público por medio del cual el solicitante declare que no está incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 101 de la Ley Orgánica de Comunicación y otras normas aplicables que regulan la vinculación societaria y/o filial en medios de comunicación para la producción cinematográfica y audiovisual.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

1. El solicitante presentará la solicitud con los documentos habilitantes en ventanilla única o a través de la plataforma electrónica habilitada para el efecto. 
2. La Dirección  verificará la integridad de la documentación y elaborará informe técnico-jurídico sobre el cumplimiento de requisitos. 
3. En caso de que la documentación adjunta a la solicitud resultare incompleta, la Dirección dispondrá al peticionario completar la documentación, otorgándole el término de cinco (5) días. Cumplido este término, y sin que el solicitante complete la documentación, se tendrá por desistida su petición y se ordenará el archivo de la misma, sin perjuicio que pueda presentar una nueva solicitud en el futuro. 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Av. Colón E5-34 y Juan León Mera

Edificio Viceministerio de Cultura y Patrimonio

Lunes a viernes 8:00 - 17:00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Fortalecimiento Cinematográfico y Audiovisuales

Email: servicios@cineyaudiovisual.gob.ec

Teléfono: 022973510

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 0
2 2025-02 0 0
3 2025-03 0 0
4 2025-04 0 0
5 2025-05 0 0
6 2025-06 0 0
7 2024-01 0 0
8 2024-02 0 0
9 2024-03 0 0
10 2024-04 0 0
11 2024-05 0 0
12 2024-06 0 0
13 2024-07 0 0
14 2024-08 0 0
15 2024-09 0 0
16 2024-10 0 0
17 2024-11 0 0
18 2024-12 0 0
19 2020-01 0 0
20 2020-02 0 0
21 2020-03 0 0
22 2020-04 0 0
23 2020-05 0 0
24 2019-01 0 0
25 2019-02 0 0
26 2019-03 0 0
27 2019-04 0 0
28 2019-05 0 0
29 2019-06 0 0
30 2019-07 0 0
31 2019-08 0 0
32 2019-09 0 0
33 2019-10 0 0
34 2019-11 0 0
35 2019-12 0 1
36 2018-12 0 0
37 2017-12 0 9
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/07/31

Contenido

¿Te sirvió el contenido?