La infraestructura de riego y manejo de aguas es el conjunto de obras físicas (canales, presas, tuberías, bombas) y técnicas diseñadas para captar, conducir, distribuir y aplicar eficientemente el agua en la agricultura. Su objetivo es asegurar que los cultivos reciban la cantidad precisa de agua, optimizando el recurso hídrico, mejorando la productividad y garantizando la seguridad alimentaria
¿A quién está dirigido?
- Pequeños y medianos productores: Familias agrícolas que acceden a riego tecnificado (aspersión, goteo) para mejorar sus cultivos.
- Organizaciones comunitarias y Juntas de Regantes: Entidades que gestionan, operan y mantienen la infraestructura, incluyendo presas y canales.
- Comunidades y pueblos: Zonas rurales beneficiadas por el desarrollo local, soberanía alimentaria y mejor gestión del recurso hídrico.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Pública.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Solicitud Oficial: Formulario con datos de contacto, ubicación exacta (coordenadas UTM WGS 84 - Zona 17 Sur), caudal solicitado y tipo de uso (agrícola/riego).
- Documentación Predial: Copia de escrituras o certificado de propiedad del predio donde se instalará la infraestructura.
- Informe Técnico/Inspección: Emitido por el MAATE, necesario para evaluar la fuente hídrica (superficial o subterránea).
- Uso de Aguas Subterráneas: Adicionalmente, se requiere la licencia de exploración y el informe de factibilidad de pozos.
- Croquis/Mapa: Mapa o croquis del lugar con la ubicación de la fuente hídrica y los predios beneficiado
¿Cómo hago el trámite?
- Solicitud de Autorización (Uso y Aprovechamiento): Se debe llenar la solicitud en el Sistema Unificado de Información Ambiental (SUIA), adjuntando copia de cédula, croquis del predio, y descripción de la obra.
- Presentación del Proyecto Técnico: Se requiere una memoria técnica que describa el sistema de captación, conducción y distribución, así como el caudal a utilizar. Para aguas subterráneas, se exige la licencia de exploración.
- Inspección y Aprobación: La autoridad realizará inspecciones técnicas. Si la solicitud afecta a terceros, se procede a una audiencia de conciliación.
- Asistencia Técnica: El Ministerio de Agricultura o la entidad local ofrece asistencia para la planificación, diseño e instalación de sistemas de riego tecnificado.
- Normativa y Registro: El proceso se rige por la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, garantizando la seguridad hídrica
Canales de atención:
Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
08:00 a 16:30
Fecha de última actualización: 2026/01/26