El objetivo es regularizar la obra construida conforme el proyecto aprobado en el departamento de Planificación, con la finalidad de registrar el inmueble en el departamento del Registro de la Propiedad y a su vez en el Catastro Urbano.
El trámite lo puede realizar cualquier ciudadano natural ecuatoriano o extranjero, jurídico privado o público que sea propietario de un inmueble, y que haya concluido la construcción, dentro de los límites territoriales del Cantón Zaruma.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado de Entrega de Obra
Canales de atención: Presencial.
Conforme a la Octava Disposición Derogatoria de la Primera Reforma a la Ordenanza para la Determinación, Administración y Recaudación de Tasas por Servicios Técnicos y Administrativos que Presta a los Usuarios El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal De Zaruma.
Art. 101.- Sanción económica de la Ordenanza regula los proyectos de urbanizaciones, construcciones y edificaciones del cantón Zaruma, los trámites se sujetan a:
a) Para el caso de las construcciones que se estuvieren realizando sin los permisos ni autorizaciones correspondientes del GAD Municipal de Zaruma, serán sancionadas con una multa equivalente al cinco por ciento de un salario básico unificado del trabajador por metro cuadrado de construcción.
b) En el caso de reincidencia, al infractor se le aplicará el doble de la sanción, que le hubiere sido impuesta anteriormente.
Dirección: Edificio Municipal, ubicado en la Plaza de la Independencia y calle 9 de Octubre.
Horario: de lunes a viernes de 8:00 a 12:30 y de 13:30 a 17:00.
Art. 7.- Servicios administrativos.- La administración municipal determinará el formato de la especie valorada para cada uno de los trámites administrativos.
Las personas naturales o jurídicas sean estas últimas de derecho público o privado que soliciten servicios en las dependencias municipales del cantón Zaruma, deberán previamente adquirir el formato y pagar la tasa respectiva, obteniendo para ello el recibo correspondiente, mismo que se presentará en la dependencia administrativa a efecto de recibir el servicio requerido.
Art. 30.- Entrega de Obra- Para proceder a la inscripción de entrega de obra el administrado deberá presentar ante el Registrador una escritura pública acompañada de los siguientes documentos:
a) Planos y permiso de construcción aprobados por el Gad Municipal de Zarurna.
b) Informe final de terminación de obra avalado por el profesional que dirigió la misma y el responsable de la unidad de control urbano o quien haga sus veces.
c) Certificado de no adeudar a la municipalidad;
d) Certificado de avalúo;
e) Certificado del Registro de la Propiedad; y
f) Copia de cédula de los Contratantes
OCTAVA: en el Art. 101 de la ORDENANZA QUE REGULA LOS PROYECTOS DE URBANIZACIONES, CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES DEL CANTÓN ZARUMA, elimínese el literal a) y sustitúyase por el siguiente texto: “Art. 101.- Sanción económica a) Para el caso de las construcciones que se estuvieren realizando sin los permisos ni autorizaciones correspondientes del GAD Municipal de Zaruma, serán sancionadas con una multa equivalente al cinco por ciento de un salario básico unificado del trabajador por metro cuadrado de construcción.”
Fecha de última actualización: 2025/09/09