En función de lo que establece la Ordenanza que regula los Proyectos de Urbanizaciones, Construcciones y Edificaciones del Cantón Zaruma, la planificación de cualquier edificación y obra menor de un predio urbano o rural, deberá previamente acudir al Departamento de Planificación Urbana, para solicitar la línea de fábrica y para los casos urbanización, fraccionamiento, uso y ocupación de suelo, rectificación de medidas y linderos se solicitara el certificado de afectación y más datos técnicos que necesite para la aprobación respectiva.
El trámite lo puede realizar cualquier ciudadano natural o jurídico, ecuatoriano o extranjero que desee planificar cualquier edificación, y obra menor de un predio urbano o rural, entre otros fines específicos, dentro de los límites territoriales del Cantón Zaruma.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado de Afectación
Certificado de línea de fábrica
El ciudadano debe:
La Dirección de Planificación debe:
Canales de atención: Presencial.
El costo del Certificado de Afectación y/o Línea de fabrica corresponde al 6 % de una remuneración básica unificada; según el Art.- 6, item a, en el Capítulo II (DE LAS TASAS Y SERVICIOS TÉCNICOS) de la Ordenanza para Determinación, Administración, Recaudación de Tasas por Servicios Técnicos y Administrativos.
(tener en cuenta el costo de los formularios y certificaciones)
Lugar: Edificio Municipal, ubicado en la Plaza de la Independencia y calle 9 de Octubre.
Horario: lunes a viernes de 8:00 a 12:30 y de 13:30 a 17:00
Un año calendario.
Art. 5.-Inspecciones: Todas las inspecciones que realicen los diferentes departamentos técnicos municipales, para atender solicitudes de la ciudadanía, tendrán un costo equivalente al 6 % de una remuneración básica unificada del trabajador privado en general vigente. Previa a la inspección el interesado o interesada deberá presentar el comprobante de pago, requisito indispensable para realizar la inspección.
Art. 6.-Servicios técnicos.-Constituyen servicios administrativos técnicos los que se entregan a los usuarios y que implican el otorgamiento de permiso o certificados para construcción de edificaciones, cerramientos, veredas y otros de similar naturaleza, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Línea de fábrica: 6 % de una remuneración básica unificada del trabajador privado en general, vigente.
Art. 32.- Línea de Fábrica y /o Certificado de Afectación
Toda persona natural o jurídica que desee planificar menor de un predio urbano o rural, cualquier edificación, y obra entre otros fines específicos, deberá previamente acudir al Departamento de Planificación Urbana, para solicitar la línea de fábrica y para los casos urbanización, fraccionamiento, uso y ocupación de suelo, rectificación de medidas y linderos se solicitara el certificado de afectación y más datos técnicos que necesite para la aprobación respectiva.
Art. 33.- Requisitos para la obtención del Certificado de Afectación y Línea de fábrica.
Art. 34.- Emisión del Certificado de afectación
El certificado de Afectación será emitido por el Departamento de Planificación Urbana mediante su área técnica responsable, en función de lo que establece el Plan de Desarrollo y Ordenamiento territorial, y demás planes vigentes relacionados con el uso y ocupación del suelo.
Art. 35.- Línea de fábrica y/o Certificado de Afectación
La Línea de Fábrica o Certificado de Afectación será el único documento que faculte para continuar con los trámites permiso de construcción mayor y menor, urbanizaciones, permiso de uso de suelo, fraccionamientos.
PRIMERA: en el Art. 33 de la ORDENANZA QUE REGULA LOS PROYECTOS DE URBANIZACIONES, CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES DEL CANTÓN ZARUMA, elimínese el literal h).
Fecha de última actualización: 2025/09/09