Tramite orientado a la instalación de un medidor en casos de daño, sustracción, cumplimiento de la vida útil u otras causas justificadas. Asimismo, contempla la reubicación y reinstalación de acometidas cuando las condiciones técnicas o físicas lo requieran.
Cambio de medidor: Procede cuando el medidor se encuentra dañado, ha sido sustraído o ha cumplido su vida útil, entre otras causas.
Reubicación de medidor: Consiste en trasladar el medidor a un lugar más accesible o visible que facilite la toma de lectura.
Reinstalación de acometidas: Comprende la modificación de la ubicación de la acometida o la sustitución de la tubería debido a daños, rupturas u otras circunstancias que lo ameriten.
Los beneficiarios del servicio de cambio, reubicación o reinstalación de medidores de agua potable deberán ser propietarios de un predio ubicado en el cantón Rumiñahui. El trámite podrá ser gestionado únicamente por el titular o propietario del predio; de manera excepcional, podrá realizarlo un apoderado legalmente autorizado mediante la respectiva documentación de respaldo.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Medidor Cambiado
Medidor Reubicado
Medidor Reinstalado
Presencial:
Formulario de Servicios, debidamente llenado.
Carta de pago original del consumo de agua potable.
Liquidación: Con el formulario y la carta de pago, el ciudadano debe acercarse a la ventanilla de Comercialización de Agua Potable para la emisión de la liquidación correspondiente.
No se requiere de ningún trámite especial
Procedimiento Presencial:
Ingreso de la solicitud con los requisitos habilitantes:
El ciudadano presenta:
Formulario de Servicios, debidamente llenado.
Carta de pago original del consumo de agua potable.
Con estos documentos, debe acercarse a la ventanilla de Comercialización de Agua Potable para la emisión de la liquidación correspondiente.
Pago de la liquidación:
El ciudadano cancela el valor indicado en la liquidación.
Asignación de turno:
Una vez realizado el pago, se asigna un turno para la ejecución del trámite según el cronograma establecido.
Instalación del medidor:
El personal técnico realiza la instalación, reubicación o reinstalación del medidor en la fecha asignada.
Plazos y costos del servicio:
Cambio de medidor: 8 días laborables – $53,08
Reubicación de medidor: 10 días laborables – $12,15
Reinstalación de medidor: 1 día laborable
Calle adoquinada – $123,12
Calle empedrada – $108,40
Tiempo máximo del servicio: 30 días laborables
Canales de atención: Presencial.
Costos por tipo de trámite:
Balcón de Servicios ubicado en la calle Montúfar 251 y Espejo, cabecera Cantonal del GADMUR
Horario de atención: De lunes a viernes de 07:00 a 16:00 horas
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD Art. 55.- Competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley
d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley
ORDENANZA PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y DE ALCANTARILLADO 689 - Art.(s). CAPITULO I Articulo 10 Facultades de la DAPA-r- A
A la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Comercialización DAPA- R le corresponde:
1. Autorizar las acometidas para brindar los servicios de agua potable y alcantarillado;
2. Instalar a costa del usuario, las obras necesarias para realizar la instalación de las acometidas desde la matriz a la línea de fábrica en condiciones técnicas y reglamentarias;
3. Realizar el cambio de los medidores de agua potable, cuando la luna de éste, se encuentre cristalizada y/o opaca y no permitan la toma de lectura del consumo diario; así como, cuando los medidores se encuentran con alguna tipo de avería y/o daño;
4. Suspender el servicio hasta que se concluya las reparaciones en caso de comprobarse que existan desperfectos considerables en las instalaciones interiores de los inmuebles, no acordes con las normas, técnicas, sanitarias o provisión normal del servicio;
5. Imponer sanciones a los usuarios por cometer infracciones a la presente ordenanza;
6. Proceder al desmantelamiento de las conexiones e instalaciones clandestinas y bypass, y el
secuestro de los materiales y elementos usados en las mismas;
7. Suspender el servicio de agua potable previo aviso o sin él, a uno o varios sectores del Cantón, para efectuar reparaciones en los sistemas de conducción, por desperfectos o daños al mismo, ocasionados por eventos de fuerza mayor o caso fortuito que impidan la provisión normal del servicio;
8. Suspender el servicio al predio, por petición del abonado cuando la propiedad esté deshabitada o se trate de un terreno baldío;
9. Adoptar las acciones legales en contra de los usuarios que mantengan obligaciones vencidas con el GADMUR por concepto de servicios agua potable y alcantarillado, con el fin de recaudar y recuperar los valores correspondientes; y,
10. Mantener actualizado el registro de usuarios y su consumo mensual de agua potable
Fecha de última actualización: 2025/09/30