Trámite orientado a atender denuncias ciudadanas de:
NOTA INFORMATIVA:
Casos que pueden presentarse como denuncias por “Ocupación indebida del espacio público (recuperación vial)”
Se consideran denuncias válidas las relacionadas con:
Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen presentar denuncias sobre presuntas infracciones a las ordenanzas y normativas municipales dentro del cantón Rumiñahui. Este servicio beneficia de manera directa a la comunidad, al promover el respeto al ordenamiento urbano, la convivencia ciudadana, la protección del espacio público y el cumplimiento de la normativa vigente.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Informe de respuesta
Respuesta al ciudadano
Presencial:
Formulario de Denuncia Ciudadana, debidamente llenado y firmado por el denunciante, que deberá contener:
Nombres completos del denunciante (identificación de la persona) y número de cédula de ciudadanía.
Datos de contacto: número telefónico y correo electrónico.
Firma del denunciante.
Croquis de ubicación con puntos de referencia.
Fotografías impresas del lugar o evidencias que respalden la denuncia presentada.
Requisitos adicionales para denuncias por Ocupación indebida del espacio público (recuperación vial):
Aplicable en casos de:
Ocupación con construcciones.
Ocupación con materiales.
Ocupación con cerramientos.
Además del formulario y las fotografías, se deberá presentar:
Ubicación exacta: descripción de calles, sectores o coordenadas (si aplica).
Certificado del plan vial aprobado, acompañado del plano del proyecto.
Certificado de gravámenes, donde conste inscrita la afectación vial.
Casos de denuncias que NO se pueden presentar ante Comisaría Municipal del GADMUR.
1. Descargar el Formulario:
2. Ingreso de la denuncia:
Fotografías impresas del lugar o evidencia que respalde la denuncia presentada.
3. Recepción de la denuncia:
4. Respuesta al ciudadano:
Plazo de respuesta:
El tiempo estimado de atención es de 30 a 45 días laborables, dependiendo de la complejidad y particularidad de la denuncia.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Balcón de Servicios - GAD Municipal de Rumiñahui
Dirección: Calle Montúfar N.º 251 y Espejo, cabecera cantonal del GADMUR. https://maps.app.goo.gl/ztu4sUUX41a9tMtr8
Horario de atención: De lunes a viernes, de 07h30 a 16h00.
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Código Orgánico Administrativo (COA), Art. 252.
Artículo 252.- Notifi cación del acto de iniciación. El acto administrativo de inicio se notifi cará, con todo lo actuado, al órgano peticionario, al denunciante y a la persona inculpada. Salvo que se requiera la colaboración personal en el procedimiento, la notifi cación de inicio del procedimiento será la última que se cursa al peticionario o al denunciante, si ha fi jado su domicilio de conformidad con este Código. En el caso de que la o el inculpado no conteste el acto administrativo de inicio en el término de diez días, este se considerará como el dictamen previsto en este Código, cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. En caso de infracciones administrativas fl agrantes, el acto de inicio se incorporará en una boleta, adhesivo o cualquier otro instrumento disponible que se entregará a la o al presunto infractor o se colocará en el objeto materia de la infracción o el lugar en el que se produce.
Fecha de última actualización: 2025/10/21