Trámite que gestiona la emisión de certificados de compatibilidad de uso de suelo para todo tipo de negocios o actividades comerciales que puedan desarrollarse en un determinado predio dentro de los límites territoriales del cantón.
Todas las personas ecuatorianas mayores de 18 años, de nacionalidad ecuatoriana o extranjeros con estatus migratorio regulado, que posean una actividad comercial dentro de la circunscripción cantonal.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado de compatibilidad de uso de suelo
Para la determinación del pago, se realizará una inspección, efectuada por un funcionario/a delegado por la Dirección de Gestión de Planificación y Ordenamiento Territorial del GADMSO, quien tendrá el término de 5 días para el efecto. En caso de
no prestar las facilidades al funcionario, para la realización de la medición del local comercial, se procederá a emitir el informe, presumiendo el área máxima determinada en la tabla de pagos. A la tasa a cobrar, se le efectuará un recargo del 10% del Salario Básico Unificado.
Canales de atención: Presencial.
En caso de prestación de servicios, el valor a pagar será del 10% del pago de la patente anual del año anterior. Cuando el valor a pagar no supere el 5% del SBU., el valor mínimo a pagar en todo caso sin excepción alguna, será del 5% del Salario Básico Unificado;
En caso de no haber realizado el pago de la Patente Municipal del año anterior, el pago se calculará por el 5% del Salario Básico Unificado; y,
Los contribuyentes, que estén exentos del pago de la patente municipal, el valor mínimo a pagar será del 5% del Salario Básico Unificado.
En caso de personas jurídicas, los socios están exentos de este pago, siempre y cuando la actividad comercial que realicen se refiera al objeto social de la persona jurídica a la cual pertenecen. Para el efecto de la emisión de certificado de compatibilidad de uso de suelo a favor de la persona jurídica, será emitido siempre y cuando los socios no tengan obligaciones pendientes con el GADMSO.
De igual forma, están exentas de este pago, las personas que son arrendatarias o concesionarias del mercado municipal.
Para los contribuyentes que cuentan con locales comerciales, el pago se realizará de conformidad a la siguiente tabla y por cada local comercial:
En las oficinas del GAD Municipal del Cantón Sevilla de Oro, de Lunes a Viernes de 8am a 5pm
un año
Fecha de última actualización: 2026/04/07