El trámite de alcabala corresponde al impuesto que grava la transferencia de dominio de bienes inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción cantonal, ya sea a título oneroso o gratuito, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Su recaudación constituye una obligación tributaria para los involucrados en dichos actos, y se destina al financiamiento de obras y servicios públicos orientados al desarrollo territorial.
Personas naturales y jurídicas que, realicen actos de transferencia de dominio de bienes inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción cantonal, conforme a lo establecido en la normativa legal y la Ordenanza vigente.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Pago Alcabala
En la ventanilla de recaudación se receptan la documentación y se adquieren los formularios pertinentes y certificados de no adeudar, posteriormente se dirige a la oficina de rentas para revisión de requisitos y emisión del titulo para su pago en recaudación.
Canales de atención: Presencial.
Acorde al avaluó del bien y/o precio de compra venta considerando el precio mas alto
En las oficinas del GAD Municipal del Cantón Sevilla de Oro, de Lunes a Viernes de 8am a 5pm
Fecha de última actualización: 2026/04/09