El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, a través del personal de la Dirección de Gestión Ambiental y Fauna Urbana, realiza inspecciones y revisa los estudios de impacto ambiental, así como los planes de manejo ambiental, previo a la emisión de la licencia ambiental para las concesiones mineras destinadas a la explotación de áridos y pétreos
Persona Jurídica - Privada; Persona Jurídica - Pública; Persona Natural - Ecuatoriana; Persona Natural - Extranjera
Este servicio el brindado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santo Domingo hacia la ciudadanía del cantón.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
EXPLOTACIÓN DE ÁRIDOS Y PÉTREOS
a) Certificado de Intersección;
b) Estudio de Impacto Ambiental ;
c) Informe de Sistematización del Proceso de Participación Ciudadana;
d) Pago por servicios administrativos;
e) Póliza o garantía por responsabilidades ambientales
1. Solicitante accede al sistema SITEAA, https://regularizacion-control.ambiente.gob.ec/suia-iii/start.jsf, se registra y llena los datos generales del proyecto como: coordenadas geográficas y de implantación del proyecto en archivo EXCEL, de acuerdo con la plantilla descargada en el SITEAA, dirección del proyecto donde se especifiquen nombres y números de calles u otras referencias precisas, selecciona el código CIIU de la actividad principal y, de ser el caso, de las complementarias y demás información requerida en el sistema de acuerdo a la actividad y magnitud del proyecto.
2. El usuario descarga el Oficio de Certificado de Intersección (en caso de tener intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Patrimonio Forestal Nacional o Zonas Intangibles, se emitirá un Informe de Viabilidad Ambiental y se continuará el proceso con la Autoridad Nacional Ambiental)
3. Usuario descarga los Términos de Referencia -TDRs- para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental -EsIA- y Plan de Manejo Ambiental -PMA-
4. Usuario elabora y carga el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) para proyectos nuevos ó, Diagnóstico Ambiental para proyectos en funcionamiento (elaborado por consultores acreditados por el MAATE).
5. Recibe pronunciamiento técnico del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), por parte de la Dirección de Gestión Ambiental y Fauna Urbana
6. Ejecuta el Proceso de Participación Ciudadana (Visita previa, Fase Informativa, Fase Consultiva) junto con personal de la Dirección de Gestión Ambiental y Fauna Urbana
7. Recibir el Pronunciamiento de Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).
8. Realizar el pago a favor del Gobierno A.D Municipal de Santo Domingo por concepto de tasas administrativas por revisión de estudios ambientales e inspecciones efectuadas
9. Presentación de póliza de fiel cumplimiento
10. Recibir y descargar la Autorización Administrativa Ambiental tipo LICENCIA AMBIENTAL.
Consultar el manual del Sistema Integrado de Transición Ecológica de Ambiente y Agua – SITEAA para mayor información del uso de la plataforma con el fin de obtener la licencia ambiental http://maetransparente.ambiente.gob.ec/documentacion/ManualesWebMesaAyuda/Manuales/Regularizacion/Registro_Ambiental.pdf
MAE: Ministerio del Ambiente y Energía
SITEAA Sistema Integrado de Transición Ecológica de Ambiente y Agua
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
1) Revisión, Calificación de los Estudios Ambientales ex ante, y Emisión de la Licencia Ambiental
a) 1x1000 (uno por mil) sobre el costo total del proyecto (Alto impacto y riesgo ambiental) Mínimo USD 1000,00, se requiere la presentación de la protocolización del presupuesto estimado
b) 1x1000 (uno por mil) sobre el costo total del proyecto (Medio impacto y riesgo ambiental) Mínimo USD 500,00 se requiere la presentación de la
protocolización del presupuesto estimado.
2) Revisión, Calificación de los Estudios Ambientales ex post y Emisión de la Licencia Ambiental
a) 1x1000 (uno por mil) sobre el costo del último año de operación (Alto impacto y riesgo ambiental) Mínimo USD 1000,00 se requiere la presentación del Formulario 101 del SRI, casilla 799. Costos de operaciones de cada proyecto, representados en los Estados de Resultados individuales.
b) 1x1000 (uno por mil) sobre el costo total del proyecto (Medio impacto y riesgo ambiental) Mínimo USD 500,00 se require la presentación del Formulario 101 del SRI, casilla 799. Costos de operaciones de cada proyecto, representados en los Estados de Resultados individuales.
Los Valores a cancelar como tasas Administrativas de Servicios de Gestión Ambiental se los debe realizar conforme al Acuerdo Ministerial 083-B y se lo realizará presencialmente mediante el ingreso de un oficio para la habilitación de títulos de créditos de pago
Centro de Atención Ciudadana (CAC)
Dirección: Municipio de Santo Domingo, Av. Quito y Tulcán
De lunes a viernes de 8h00 a 12h00 y de 13h00 a 17h00
Para consultas sobre el proceso de regularización ambiental y legislación aplicable:
Dirección de Gestión Ambiental y Fauna Urbana
Dirección: Av. Quito en la Ex Escuela 9 de Octubre Frente al Palacio de Justicia
De lunes a viernes de 8h00 a 12h00 y de 13h00 a 17h00
Trámite en línea en el SITEAA plataforma del Ministerio de Ambiente y Energía, habilitado las 24 horas. https://regularizacion-control.ambiente.gob.ec/suia-iii/start.jsf
Contacto: Dirección de Gestión Ambiental y Fauna Urbana; Centro de Atención Ciudadana
CAPÍTULO III DE LA REGULARIZACIÓN AMBIENTAL
Art. 25 Licencia Ambiental.- Es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental Competente a través del SUIA, siendo de carácter obligatorio para aquellos proyectos, obras o actividades considerados de medio o alto impacto y riesgo ambiental.El Sujeto de control deberá cumplir con las obligaciones que se desprendan del permiso ambiental otorgado.
CAPÍTULO IV
DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES
Art. 27 Objetivo.- Los estudios ambientales sirve para garantizar una adecuada y fundamentada predicción, identificación, e interpretación de los impactos ambientales de los proyectos, obras o actividades existentes y por desarrollarse en el país, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y sus riesgos; el estudio ambiental debe ser realizado de manera técnica, y en función del alcance y la profundidad del proyecto, obra o actividad, acorde a previstos en la normativa ambiental aplicable.
CAPÍTULO V
DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
Art. 44 De la participación social.- Se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo de las Instituciones del Estado, la ciudadanía y el sujeto de control interesado en realizar un proyecto, obra o actividad.
CAPÍTULO IV LICENCIA AMBIENTAL
Art. 431. Licencia ambiental.- La Autoridad Ambiental Competente, a través del Sistema Único de Información Ambiental, otorgará la autorización administrativa ambiental para obras, proyectos o actividades de mediano o alto impacto ambiental, denominada licencia ambiental.
Estipula también requisitos, Estudio de impacto ambiental y contenido, Plan de manejo ambiental, Etapas del licenciamiento ambiental.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2025-01 | 0 | 0 |
| 2 | 2025-02 | 0 | 1 |
| 3 | 2025-03 | 0 | 0 |
| 4 | 2025-04 | 0 | 0 |
| 5 | 2025-05 | 0 | 0 |
| 6 | 2025-06 | 0 | 0 |
| 7 | 2025-07 | 0 | 0 |
| 8 | 2025-08 | 0 | 0 |
| 9 | 2025-09 | 0 | 0 |
| 10 | 2025-10 | 0 | 0 |
| 11 | 2025-11 | 0 | 0 |
| 12 | 2024-01 | 0 | 0 |
| 13 | 2024-02 | 0 | 0 |
| 14 | 2024-03 | 0 | 0 |
| 15 | 2024-04 | 0 | 0 |
| 16 | 2024-05 | 0 | 0 |
| 17 | 2024-06 | 0 | 0 |
| 18 | 2024-07 | 0 | 0 |
| 19 | 2024-08 | 0 | 0 |
| 20 | 2024-09 | 0 | 0 |
| 21 | 2024-10 | 0 | 0 |
| 22 | 2024-11 | 0 | 0 |
| 23 | 2024-12 | 0 | 0 |
| 24 | 2023-01 | 0 | 1 |
| 25 | 2023-02 | 0 | 2 |
| 26 | 2023-03 | 0 | 0 |
| 27 | 2023-04 | 0 | 0 |
| 28 | 2023-05 | 0 | 3 |
| 29 | 2023-06 | 0 | 4 |
| 30 | 2023-07 | 0 | 6 |
| 31 | 2023-08 | 0 | 3 |
| 32 | 2022-01 | 0 | 0 |
| 33 | 2022-02 | 0 | 0 |
| 34 | 2022-03 | 0 | 0 |
| 35 | 2022-04 | 0 | 0 |
| 36 | 2022-05 | 0 | 0 |
| 37 | 2022-06 | 0 | 0 |
| 38 | 2022-07 | 0 | 4 |
| 39 | 2022-08 | 0 | 1 |
| 40 | 2022-09 | 0 | 4 |
| 41 | 2022-10 | 0 | 0 |
| 42 | 2022-12 | 0 | 1 |
| 43 | 2021-01 | 0 | 0 |
| 44 | 2021-02 | 0 | 0 |
| 45 | 2021-03 | 0 | 0 |
| 46 | 2021-04 | 0 | 0 |
| 47 | 2021-05 | 0 | 0 |
| 48 | 2021-06 | 0 | 0 |
| 49 | 2021-07 | 0 | 0 |
| 50 | 2021-08 | 0 | 0 |
| 51 | 2021-09 | 0 | 0 |
| 52 | 2021-10 | 0 | 0 |
| 53 | 2021-11 | 0 | 0 |
| 54 | 2021-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/10/28