El permiso de construcción es el único que habilita iniciar los trabajos conforme a los planos aprobados.
Los permisos se clasifican en Permisos por Obra Menor y Permisos por Obra Mayor.
Los Permisos por Obra Menor se aplican a:
Los Permisos por Obra Mayor se aplican a obras de nueva construcción, reconstrucción o remodelación cuando el área de intervención supere los 40 m², o de acuerdo al área indicada por la Dirección de Planificación y/o Obras Públicas en concordancia con el área determinada para las intervenciones constructivas menores.
Personas del área urbana y rural como personas extranjeras que tengan sus predios fuera del cordón de seguridad fronterizo, los cuales dispongan de documentos que den fe la propiedad de dominio con su respectivo registro de la propiedad dentro del cantón Putumayo.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Obtención de permiso de construcción
Con la finalidad de agilizar la tramitación, el permiso de construcción se emite junto con la aprobación de planos, de manera que se pueden solicitar los dos trámites en una sola petición.
Para el caso de demoliciones se requerirá:
En caso de requerirse, por las características del proyecto, se requerirá adjuntar el certificado medioambiental correspondiente, el certificado del cuerpo de bomberos, y otros solicitados.
Una vez cumplidos los requisitos, el propietario obtendrá el Permiso de Construcción y deberá iniciar los trabajos, máximo dentro de los doce (12) meses subsiguientes a la fecha de obtención de este permiso.
Si transcurridos los doce meses desde la fecha de obtención el Permiso de Construcción no se hubieren iniciado los trabajos este permiso caducará y deberá solicitar la revalidación (actualización) correspondiente, agregando:
En dicho permiso se establecerá, además, el tiempo máximo en el que deberá concluirse la construcción, de conformidad con el cronograma de obra presentado por el proyectista, el mismo que garantizará dentro de la planificación que las fachadas de la obra sean terminadas dentro del plazo propuesto, que no excederá los tres (3) años.
Canales de atención: Presencial.
Para construcciones de hasta 40 m², el costo por permiso de Obra Menor es del 5% del Salario Básico Unificado.
Para construcciones mayores a 40 m², el valor a cobrar será el resultante del metro cuadrado del área bruta a construir por el 0,05% del Salario Básico Unificado.
Dirección: Av. Francisco de Orellana y Av. Ecuador.
El horario normal es de Lunes a Viernes, en el horario de 07:30 a 12:00 y de 13:00 a 16:30.
Una vez cumplidos los requisitos, el propietario obtendrá el Permiso de Construcción y deberá iniciar los trabajos, máximo dentro de los doce (12) meses subsiguientes a la fecha de obtención de este permiso.
En caso de incumplimiento, se solicitará la debida actualización del permiso y se establecerá, además, el tiempo máximo en el que deberá concluirse la construcción, de conformidad con el cronograma de obra presentado por el proyectista, el mismo que garantizará dentro de la planificación que las fachadas de la obra sean terminadas dentro del plazo propuesto, que no excederá los tres (3) años.
Fecha de última actualización: 2025/11/07