Impuesto Municipal que aplica a todas las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y personas jurídicas que ejercen de forma permanentemente una actividad económica dentro de los límites territoriales del cantón Milagro.
Aplica a todas las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) que están obligadas a llevar contabilidad y personas jurídicas, que ejercen una actividad económica dentro de los límites territoriales del Cantón Milagro.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Factura por el pago del impuesto del 1,5 x 1000 a los activos totales
• Copia de Registro Único de Contribuyentes (RUC) completo
• Copia de certificado de funcionamiento de bomberos (año actual)
• Declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio económico del año anterior
• Formulario de declaración conjunta del impuesto 1,5x1000 a los activos totales
• En caso de tener sucursales,se debe especificar la distribución de ingresos por cantones
• En caso que Milagro sea una sucursal, se debe presentar el pago realizado en cantón matriz
El ciudadano debe comprar el formulario de declaración conjunta del impuesto 1,5x1000 para personas obligadas a llevar contabilidad o jurídicas.
El ciudadano debe llenar el formulario y adjuntar todos los requisitos.
El ciudadano debe entregar los documentos en la Jefatura de Rentas del GADMM.
La Jefatura de Rentas revisa la documentación del ciudadano.
La Jefatura de Rentas genera el ticket codificado para el pago y se lo entrega al ciudadano.
El ciudadano paga el valor del impuesto generado a través de los canales habilitados (Botón de pago en línea / ventanillas de recaudación / Transferencias)
Canales de atención: Presencial.
Costo del Formulario de declaración conjunta del impuesto 1.5x1000 a los activos totales, $2,00
Según el ingreso establecido en la declaración del impuesto a la renta ejercicio económico anterior. (El costo no considera el IVA)
Edificio Municipal
Juan Montalvo y Bolívar (esquina)
Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00
El impuesto del 1,5 x 1000 se debe pagar de forma anual.
Fecha de última actualización: 2023/06/02