Impuesto municipal aplicable a las personas jurídicas y naturales obligadas a llevar contabilidad que ejerzan, de manera permanente, actividades comerciales, industriales o de servicios dentro de la jurisdicción de Milagro.
Contribuyentes constituidos como personas jurídicas, así como personas naturales (nacionales o extranjeras) obligadas a llevar contabilidad, que desarrollen de forma permanente actividades comerciales, industriales, financieras o de servicios dentro de la jurisdicción del cantón Milagro.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Factura por el pago del impuesto del 1,5 x 1000 a los activos totales
- Tasa del 1.5 por Mil: Formulario de declaración del Impuesto al 1.5 por Mil sobre los Activos Totales.
- RUC: Copia completa y actualizada del Registro Único de Contribuyentes.
- Permiso de Bomberos: Copia del Certificado de Funcionamiento vigente al año fiscal en curso.
- Declaración de Renta: Copia de la declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal anterior.
- Distribución de Ingresos (Multi-sucursal): Matriz que detalle el porcentaje de ingresos distribuidos por cantón, si opera en varias jurisdicciones.
Canales de atención: Presencial.
Edificio Municipal
Juan Montalvo y Bolívar (esquina)
Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00
Los sujetos pasivos deberán declarar y pagar este impuesto hasta 30 días posteriores a la fecha límite establecida para la declaración del Impuesto a la Renta. Vencido este plazo se cobrará el interés de mora de conformidad con el Código Orgánico Tributario.
Fecha de última actualización: 2023/06/02