Permite a los ciudadanos solicitar y regularizar la concesión temporal o el alquiler de espacios físicos (bóvedas o nichos) en el Cementerio General administrado por el GAD de Milagro, con el fin de sepultar a un ciudadano fallecido o renovar el derecho de permanencia temporal por los años que estipule la ordenanza municipal vigente.
Los beneficiarios de este servicio comprenden a los ciudadanos fallecidos del cantón que acceden a una sepultura digna y a sus familiares directos o allegados, quienes obtienen la seguridad jurídica y el derecho de uso temporal del espacio dentro del camposanto público, beneficiando paralelamente al GAD de Milagro y su Dirección de Servicios Públicos al recaudar las tasas que financian el mantenimiento, ordenamiento y sostenibilidad de la infraestructura del Cementerio General.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
ARRENDAMIENTO DE BÓVEDA
1.- Presentar copias del certificado de defunción que otorga el Registro Civil o el certificado del INEC.
2.- Nombe del solicitante
3.- Numero de de cédula.
4.- Correo electronico.
5.- Numero de celular.
6.- Presentar el recibo de pago de impuesto de Arrendamento de boveda.
1.- Solicitud para requerir el servicio específico.
2.- Verificar el lugar donde se ubicará la bóveda o nicho elegido.
3.- Presentar documentación original requerida.
4.- Se otorga el permiso de arrendamiento de Bóveda o Nicho.
Canales de atención: Presencial.
Bóvedas: Adulto 12 % del Sueldo Básico / Menores 7 % del Sueldo Básico
Nichos: 5 % del Sueldo Básico
Lunes a Viernes
08:00 a 17:00
Las bóvedas serán arrendadas por periodos de 4 años, pudiendo renovarse el contrato únicamente por otro periodo igual. Terminado el plazo, se procederá a la exhumación de los restos, previa notificación a los familiares;
Fecha de última actualización: 2026/08/03